BOPV nº 223 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
DECRETO 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
La evaluación ambiental estratégica de planes y programas es un instrumento preventivo especialmente adecuado para preservar los recursos naturales y proteger el medio ambiente. Mediante este instrumento se introduce la variable ambiental en la toma de decisiones sobre planes y programas con incidencia importante en el medio ambiente. La Unión Europea reconoció la importancia de evaluar ambientalmente estos planes y programas, y en este sentido adopto la Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta Directiva fue incorporada a nuestro derecho interno mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente se adelantó a las citadas disposiciones y estableció un procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas. A su vez, el Decreto 183/2003, de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, desarrolló el procedimiento establecido en la citada Ley. Por su parte, la Ley 2/2006, de 30 de junio, de suelo y urbanismo, de la Comunidad Autónoma del País Vasco prevé que los planes e instrumentos de ordenación urbanística integren los criterios ambientales en sus determinaciones. Así mismo, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad establece las cautelas necesarias para asegurar la preservación de los valores que alberga la Red Natura 2000, mediante el sometimiento a adecuada evaluación de aquellos planes o programas que puedan afectar de forma apreciable a los lugares que forman parte de la citada Red. El presente Decreto resulta necesario para adaptar la normativa autonómica sobre evaluación ambiental estratégica de planes y programas anteriormente mencionada a las disposiciones posteriores que también se han referenciado, y para proporcionar seguridad jurídica a promotores y administraciones. El Decreto establece un marco de aplicación de la evaluación ambiental estratégica de planes y programas que tiene en cuenta la normativa básica del Estado y desarrolla las competencias propias de la Comunidad Autónoma del País Vasco en esta materia. Y en el desarrollo de las facultades propias, ha tenido en cuenta la experiencia acumulada en la aplicación de este procedimiento para reforzar el carácter preventivo de este instrumento -promoviendo un inicio más temprano de este procedimiento-; para establecer un procedimiento más ágil y eficaz; para posibilitar la introducción de las entidades de control ambiental y para incorporar la tele-tramitación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.