BOPV nº 222 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2012, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género para 2012.

El Decreto 197/2008, de 25 de noviembre, por el que se regulan las ayudas a entidades de cooperación para promover procesos de cambio organizacional pro-equidad de género (BOPV n.º 235, de 09-12-2008), establece en su artículo 10 que, por Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se procederá a la convocatoria de las ayudas, indicando el importe destinado a la misma, así como la forma, el lugar y el plazo de presentación de solicitudes, criterios de baremación, formulario de solicitud y modelo de convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación y la entidad adjudicataria. Por su parte, el artículo 9 del citado Decreto dispone que el órgano gestor será la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, y su artículo 15 que el Director o Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo resolverá la concesión o denegación de las ayudas solicitadas. No obstante, por lo que se refiere a la competencia para realizar la convocatoria, tras la creación, regulación y entrada en funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento; y Decreto 310/2010, de 23 de noviembre, por el que se regula el inicio de actividades de la Agencia), así como tras la asignación a la Presidencia del Gobierno del área de actuación consistente en la cooperación al desarrollo y la adscripción a dicha Presidencia del ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Artículos primero y segundo del Decreto 6/2011, de 18 de enero del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la CAPV y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos), corresponde realizar esta convocatoria de subvenciones al Secretario General de la Presidencia. En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse o convenios que hayan de formalizarse a tal efecto, la competencia corresponde a la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (Artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; y artículo 11.1 del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo). Por último, indicar que la presente convocatoria recibió el Visto Bueno del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 13 de enero de 2012. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus