BOPV nº 221 · · Interior, Justicia y Administración Pública
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 17 de octubre de 2012, del Director de Régimen Jurídico y Servicios, del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública, por la que se convoca concurso para la provisión interna con carácter definitivo de determinados puestos de trabajo de personal laboral, del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública y del organismo autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias con nivel retributivo inferior a 14.
El artículo 18.2.b) Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 17 de octubre de 2012, del Director de Régimen Jurídico y Servicios, del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública, por la que se convoca concurso para la provisión interna con carácter definitivo de determinados puestos de trabajo de personal laboral, del Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública y del Organismo Autónomo Academia Vasca de Policía y Emergencias con nivel retributivo inferior a 14, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 209, de 29 de octubre de 2012, se procede a su corrección. En la página 2012/4765 (2/16), en el Código de puesto 3394 Donde dice: Perfil lingüístico 4. Debe decir: Perfil lingüístico 3. En la página 2012/4765 (3/16), en el Código de puesto 3268 Donde dice: Perfil lingüístico 3. Debe decir: Perfil lingüístico 2. En la página 2012/4765 (5/16), en la Base Cuarta. Puntuación del concurso Donde dice: La puntuación máxima obtenible en el proceso es de 138 puntos, exceptuada la valoración del conocimiento de euskera. La puntuación máxima obtenible en la primera fase (valoración de méritos) es de 108 puntos. Para superar la primera fase será necesario alcanzar un mínimo de 40 puntos. Debe decir: La puntuación máxima obtenible en el proceso es de 130 puntos, exceptuada la valoración del conocimiento de euskera. La puntuación máxima obtenible en la primera fase (valoración de méritos) es de 100 puntos. Para superar la primera fase será necesario alcanzar un mínimo de 40 puntos. En la página 2012/4765 (6/16), en la Base Quinta apartado 3. Valoración del trabajo desarrollado Donde dice: Trabajo desarrollado en puestos de un nivel inferior al nivel de valoración del valoración del puesto solicitado: 0,41 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos. Debe decir: Trabajo desarrollado en puestos de un nivel inferior al nivel de valoración del valoración del puesto solicitado: 0,16 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos. En la página 2012/4765 (14/16), en 3. MÉRITOS QUE SE ALEGAN. Donde dice: A.3) Servicios prestados en cualquier otro trabajo por cuenta ajena, exceptuada la Administración Pública. Debe decir: A.3) Categoría profesional. En la página 2012/4765 (16/16), en la Adaptación al puesto Donde dice: Solicito la adaptación, por discapacidad, del puesto 3202 Jefe/a Área Desarrollo y Producción. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.