BOPV nº 214 · · Sanidad y Consumo
ORDEN de 16 de octubre de 2012, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se convocan ayudas dirigidas a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el campo de la salud en el País Vasco y cuyas actividades estén orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas y sus familias, para fomentar el uso de tecnologías de la información y la comunicación.
Siguiendo la Estrategia de Cronicidad del Departamento de Sanidad y Consumo, se estima positiva e indispensable para la mejora de la salud y el bienestar de las personas afectadas por alguna enfermedad, la colaboración de aquellas entidades sin ánimo de lucro integradas por colectivos de personas enfermas y sus familiares, que por sus características y experiencia constituyen puntos de encuentro, comunicación y apoyo tanto para las propias personas afectadas como para sus familias. La mencionada estrategia considera de especial relevancia abordar la mejora de la salud del conjunto de la ciudadanía vasca a través de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), apoyando el desarrollo de proyectos que posibiliten el acercamiento a información relevante para su salud, así como el intercambio con y entre las personas que estén potencial o efectivamente sujetas a estados mórbidos. Todo ello se estimulará potenciando la utilización de las herramientas como la web social de estos colectivos, con el objetivo avanzar en el empoderamiento de los pacientes de manera que se sientan más acompañados y seguros dentro del proceso de su enfermedad. De igual manera se fomentará, en el ámbito de las entidades, la evaluación de los logros conseguidos por la utilización de las TICs. Por ello se apoyarán aquellas iniciativas de las entidades de personas afectadas y familiares que permitan avanzar en la consecución de los siguientes objetivos generales: Crear sistemas basados en TICs orientados a mejorar la calidad de vida de los pacientes. Contribuir a la innovación y modernización de las entidades de personas afectadas y familiares a través de la incorporación de las TICs a su vida cotidiana. Fomentar mediante el uso y optimización de dichas tecnologías que las entidades de personas afectadas y familiares colaboren y cooperen de forma más efectiva con el sistema sanitario y sus líneas estratégicas. Así mismo se busca el que se presenten proyectos que agrupen o engloben varias entidades. Por todo ello , RESUELVO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES Artículo 1 Ámbito y objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente Orden convocar ayudas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y de iniciativa social, integradas por colectivos de personas enfermas y sus familias, para financiar la implantación, desarrollo y utilización de tecnologías digitales de la información y la comunicación, con dos modalidades: Modalidad A: ayudas para el diagnóstico, diseño, implantación y despliegue dentro de las entidades beneficiarias, de sistemas de comunicación digitales interactivas en formato de Red social, donde se encuentren incluidos todos los actores que forman parte de la estructura de la entidad: asociados, voluntarios, profesionales del ámbito de la salud, educadores y ciudadanía en general, desarrollados bajo software de código abierto libre de licencias. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.