BOPV nº 204 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo
DECRETO 200/2012, de 16 de octubre, por el que se regula la estructura y funciones del Instituto Vasco de Administración Pública.
Desde su creación, y al objeto de procurar el mejor y más eficaz servicio a las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y, por ende, a la sociedad a la que éstas se dirigen, el Instituto Vasco de Administración Pública ha contado con diversos reglamentos que regulaban su estructura y funcionamiento, siempre en el marco de los fines que el Instituto tiene encomendados por la Ley que lo creó y que le atribuyó su cualidad de organismo autónomo de la Administración General de la Comunidad Autónoma. En los últimos tiempos hemos asistido a profundas reflexiones e intensos debates sobre la necesidad de introducir cambios en la gestión de recursos humanos o de personas tanto en el ámbito privado como en el público. La Administración Pública, por tanto, no es ajena a estas nuevas tendencias y por ello se han emprendido reformas, de mayor o menor calado, en diversos países de la Unión Europea así como en la propia administración comunitaria. Todo ello con el objetivo de conseguir unos servicios públicos más eficaces y de mayor calidad, mediante la mejora de la profesionalización y la productividad de las empleadas y empleados públicos. Desde esta perspectiva, dado, por un lado, que los fines del Instituto inciden, de manera fundamental, en el ámbito de los recursos humanos de las Administraciones Públicas y habida cuenta, por otro, de que los nuevos modelos de Organización y Recursos Humanos de los que se están dotando las administraciones públicas, tienen, entre sus objetivos principales, la adecuación de la persona al puesto y la gestión de la diferencia, y, como valores fundamentales la eficacia y la igualdad, nos situamos ante la exigencia de una nueva concepción de las políticas de formación y de selección de los/las empleados/as públicos. Asimismo, tenemos que la aprobación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, va a posibilitar, la apertura de nuevas parcelas de actividad para el Instituto Vasco de Administración Pública, tanto en el campo de la selección como en el de la formación. Por otro lado, y también en lo referente al ámbito de la normalización del uso del euskera, los planes aprobados, en la pretensión de que el euskera sea cada vez más lengua de trabajo integral y lengua de servicio con la ciudadanía, van destacando la necesidad de diseñar y ofrecer a las Administraciones Públicas Vascas servicios de formación lingüística, recursos y herramientas lingüísticas para el desempeño bilingüe del puesto de trabajo. Finalmente, la Sistemática de Gestión implantada en el Instituto Vasco de Administración Pública en los últimos años, basada en la mejora continua, ha supuesto importantes cambios en el modo de hacer de la organización. Entre ellos cabe destacar la elaboración de Planes Estratégicos y Planes de Gestión anuales, así como la creación de diversos Comités orientados al control y gestión de los Procesos que conforman la actividad del Instituto Vasco de Administración Pública. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.