BOPV nº 195 · · HABE

ORDEN de 11 de septiembre de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta y las actividades que realiza el Organismo Autónomo HABE.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de acuerdo con el Decreto 161/1998, de 21 de julio, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por el Departamento de Economía y Hacienda DISPONGO : Artículo 1 Establecer la cuantía de los precios públicos de los servicios prestados por el Organismo Autónomo HABE, así como de los bienes y actividades realizadas por el mismo. Artículo 2 Venta de publicaciones y material didáctico, tanto en soporte papel como electrónico. Los precios de suscripción anual correspondiente a las publicaciones periódicas editadas por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: (Véase el .PDF) Los precios de venta de ejemplares sueltos de las publicaciones periódicas editadas por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: (Véase el .PDF) Los precios de venta de las nuevas publicaciones y material didáctico editados en soporte papel por el Organismo Autónomo HABE, incluido el 4% de IVA, son los siguientes: (Véase el .PDF) Artículo 3 Matrículas de seminarios, congresos, jornadas y cursos. La cuantía de la matrícula relativa a actividades formativas, tanto de carácter presencial como mediante módulos telemáticos, destinadas a profesorado de euskera, organizadas por HABE, se establece en función de las horas de duración de las mismas: (Véase el .PDF) El precio de matrícula se incrementará en un 25% en aquellas actividades formativas que, por sus peculiares características requieran profesorado procedente de fuera de la Comunidad Autónoma, por la consiguiente asunción de gastos de desplazamiento, manutención y estancia, o bien requieran servicio de traducción simultánea. En aquellos cursos y/o actividades formativas que sean realizados conjuntamente con otras instituciones, las diversas matrículas se acordarán en función de la proporción de gastos asumidos por cada una de las instituciones, y en relación con los diversos precios públicos anteriormente indicados. En aquellos cursos y/o actividades formativas organizadas por otras instituciones, en las que se quiera contratar los servicios de formación de HABE, el precio de dichos servicios será de 77,66 euros/hora. Artículo 4 Servicios de enseñanza del euskera. En concepto de impartición, coordinación y seguimiento de cursos de capacitación lingüística, se aplicarán los siguientes precios públicos: a) Grupos formados por personal de las Administraciones Públicas: Cursos impartidos por euskaltegis públicos en locales del euskaltegi: 108,11 euros/hora/grupo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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