BOPV nº 194 · · eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2012, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se modifica la de 29 de mayo de 2012, por la que se resolvía la concesión de ayudas de la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria con cargo a la cooperación al desarrollo y se acordaba destinar a la línea de financiación permanente el importe que no pudo ser asignado a ninguna estrategia-marco.

El Boletín Oficial del País Vasco n.º 117, de 15 de junio, publicó la Resolución de 29 de mayo de 2012, de la Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo por la que se resolvía la concesión de ayudas de la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria con cargo a la cooperación al desarrollo y se acordaba destinar a la línea de financiación permanente el importe que no pudo ser asignado a ninguna estrategia-marco. Habiéndose observado errores en el contenido de la citada resolución, procede efectuar las oportunas modificaciones y, en consecuencia, RESUELVO : Primero Modificar el anexo I de la Resolución de esta Directora de 29 de mayo de 2012 por la que se resolvía la concesión de ayudas de la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria con cargo a la cooperación al desarrollo y se acordaba destinar a la línea de financiación permanente el importe que no pudo ser asignado a ninguna estrategia-marco, cuyo contenido será el que se inserta en el anexo de la presente. Segundo Modificar el apartado tercero de la resolución referida en el apartado anterior, cuyo contenido será el siguiente: Tercero Destinar a la línea de financiación permanente el importe que no ha podido ser asignado a ninguna estrategia-marco y que asciende a 48.448,50 euros, cantidad ésta que tras ser sumada a la dotación presupuestaria inicial (1.904.819) euros resulta un total de 1.953.267,50 euros de dotación para la línea de financiación permanente. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa. En Vitoria-Gasteiz, a 5 de septiembre de 2012. La Directora de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, MARTA ARES GODOY. (Véase el .PDF)

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