BOPV nº 193 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
DECRETO 183/2012, de 25 de septiembre, por el que se regula la utilización de los servicios electrónicos en los procedimientos administrativos medioambientales, así como la creación y regulación del registro de actividades con incidencia medioambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, impulsa una nueva concepción al construir su regulación sobre la base del derecho de la ciudadanía a utilizar los medios de comunicación electrónica para relacionarse con la Administración y ejercer sus derechos. Este reconocimiento implica la consecuente obligación para las administraciones públicas de facultar a los ciudadanos y ciudadanas la comunicación a través de medios electrónicos. El Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, desarrolla, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el derecho de la ciudadanía a relacionarse con la administración por medios electrónicos para la tramitación de los procedimientos administrativos y regula todas aquellas cuestiones de carácter general aplicables a todos los procedimientos electrónicos: sede electrónica, identificación y autenticación de la ciudadanía y de la Administración, registro electrónico, comunicaciones electrónicas y documentos electrónicos entre otros. Por su parte, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que tiene por objeto establecer las disposiciones y principios necesarios para garantizar el libre acceso a las actividades de servicios, simplificando los procedimientos y fomentando, al mismo tiempo, un nivel elevado de calidad en los servicios, establece que las Administraciones Públicas revisarán los procedimientos y trámites aplicables al establecimiento y prestación de servicios con el objeto de impulsar su simplificación. Añade también esta ley que todos los procedimientos y trámites que supeditan el acceso a una actividad de servicios y su ejercicio se podrán realizar electrónicamente y a distancia. El Plan de Innovación Pública y Administración electrónica, aprobado por el Gobierno Vasco el 31 de mayo de 2011, recoge entre sus objetivos los de poner a disposición de la ciudadanía y las empresas los servicios públicos digitales, extender el uso de los medios electrónicos y telemáticos en la tramitación de los procedimientos administrativos, avanzando en la eliminación del uso del papel y mejorar la eficiencia en la gestión administrativa, adecuando la organización, simplificando los procedimientos y actualizando la tecnología. Desde otra perspectiva, el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, se refiere en su exposición de motivos a la interoperabilidad como la capacidad de los sistemas de información y de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.