BOPV nº 192 · · Interior, Justicia y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2012, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se da publicidad a la ampliación del crédito para el ejercicio 2012 destinado a las ayudas previstas en la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de

En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 101, de 30 de mayo de 2011, se publica la Orden de la misma fecha, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. En su Disposición Adicional, apartado 1, relativo a la financiación e imputación presupuestaria, se indica que «Al objeto de dar cumplimiento al principio de publicidad, por resolución de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género se hará pública, al comienzo de cada ejercicio presupuestario, la dotación asignada al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco». En la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012 se destina a la financiación de estas ayudas un importe de 542.000 euros con cargo a la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género. Mediante Resolución de 22 de enero de 2012, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, por la que se hace pública la dotación asignada en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2012, a las ayudas previstas en la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOPV n.º 15, de 23 de enero de 2012). En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 150, de 2 de agosto de 2012, se pública la Resolución de 13 de julio de 2012, de la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, se da publicidad a la ampliación del crédito en ciento cincuenta mil (150.000) euros para el ejercicio 2012 destinado a las ayudas previstas en la Orden de 30 de mayo de 2011, del Consejero de Interior, por la que se establece el procedimiento de concesión y pago de la ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género prevista en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. El Decreto 471/2009, de 28 de agosto, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior, establece en su artículo 10.1.c) que corresponde a la Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, tramitar y resolver la concesión y pago de ayudas económicas a las mujeres víctimas de violencia de género, previstas en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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