BOPV nº 190 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes
DECRETO 182/2012, de 25 de septiembre, por el que se autoriza a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la suscripción de acciones en la ampliación de capital de la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. - Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A. (Visesa) y la modificación de sus estatutos sociales.
Mediante Decreto 258/1989, de 21 de noviembre, se acordó la creación de la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. - Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A. (Visesa) y la aprobación de sus estatutos sociales, con las modificaciones introducidas por los Decretos 29/1990, de 6 de febrero, 175/1992, de 23 de junio, 96/2011, de 17 de mayo y 58/2012, de 24 de abril. El Consejo de Administración de Visesa ha acordado, en su reunión de 31 de agosto de 2012, proponer a la Junta General de Accionistas la ampliación del capital actual de la sociedad, fijado en 23.093.886,10 euros, totalmente suscrito y desembolsado, en la suma de 13.808.250,70 euros, mediante la emisión de 4.595 nuevas acciones, de un valor nominal de 3.005,06 euros, con los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente existentes, y con una prima de emisión de 2.435,99 euros cada una. Se trata de un aumento de capital social con cargo a aportaciones dinerarias, por un importe de 13.808.250,70 euros más la prima de emisión de 11.193.374,05 euros, que asume en su totalidad la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, una vez comunicada la renuncia al derecho de suscripción preferente por parte del resto de accionistas (Kutxabank, S.A. y Caja Laboral Popular, S. Coop.). La ampliación tiene como finalidad principal dotar a la sociedad de recursos suficientes para ejecutar la política de vivienda establecida por el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, y conseguir los objetivos marcados por el Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana 2010-2013. Actualmente, Visesa cuenta con 23.093.886,10 euros de capital social, está participada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, titular del 67,01%, la entidad Kutxabank, S.A., titular del 28,69% y Caja Laboral Popular, S. Coop., titular del 4,30% del capital social. El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi dispone que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por Decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El Decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte. El Decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.