BOPV nº 190 · · Educación, Universidades e Investigación
DECRETO 174/2012, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Modelo de Madurez Tecnológica de Centro Educativo (Madurez TIC) y se establecen las certificaciones y sellos acreditativos de los diferentes niveles de madurez de los centros educativos.
La Orden de 1 de abril de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación aprobó el Modelo de Madurez Tecnológica de Centro Educativo y estableció las certificaciones y sellos acreditativos de los diferentes niveles de Madurez TIC de los Centros Educativos, así como los requisitos de acceso a las diferentes certificaciones de acreditación de nivel. La puesta en marcha del Programa Eskola 2.0 en el curso 2009-2010 aconseja adecuar y redefinir el modelo incardinándolo en un planteamiento más amplio de modernización tecnológica de la escuela vasca, dirigido fundamentalmente a impulsar un cambio metodológico en la enseñanza y en la mejora en la digitalización de los procesos pedagógicos, administrativos y de información y comunicación de los Centros Educativos, en coherencia con lo establecido por la iniciativa i 2010 de la Comisión Europea y el PESI 2010 (Plan Euskadi Sociedad de la Información). El modelo que se recoge en este Decreto busca que, desde el respeto a la autonomía de los centros educativos reconocida en la Ley 1/1993, de 19 de febrero de la Escuela Pública Vasca, pero dentro de un marco de referencia común marcado por el Departamento, sea cada centro quien decida el nivel de Madurez TIC que desea alcanzar. De este modo cada centro, dependiendo de sus peculiaridades, etapas formativas, tamaño, trayectoria previa, etc., tendrá su propio plan tecnológico, adaptado a sus necesidades y en coherencia con los objetivos generales marcados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación. Las características definitorias de este modelo son la evaluación basada en evidencias y el grado de incorporación y utilización de las TIC en los procesos clave del centro: docente, administrativo y de información y comunicación. En su virtud, emitidos los informes preceptivos, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2012. DISPONGO : Artículo 1 Finalidad. El objeto de este Decreto es redefinir el Modelo de Madurez Tecnológico de los Centros Educativos (Madurez TIC) hacia un planteamiento más amplio de modernización tecnológica de la escuela vasca, impulsando un cambio metodológico en la enseñanza y en la mejora en la digitalización de los procesos docentes, administrativos y de información y comunicación. Artículo 2 Ámbito de aplicación. Podrán acceder a las certificaciones de Madurez TIC tanto los centros educativos públicos como concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Artículo 3 Contenido. Los diferentes niveles de Madurez TIC se corresponderán con la utilización de los recursos tecnológicos que los centros educativos hagan para conseguir la digitalización de los procesos docentes, administrativo y de comunicación. La acreditación de un nivel será condición previa para acceder al nivel inmediato superior. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.