BOPV nº 189 · · Empleo y Asuntos Sociales

ORDEN de 19 de septiembre de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se articulan ayudas para emprender en economía social y para la promoción territorial planificada de empresas de economía social.

Razones de distinta índole motivaron ya en ejercicios anteriores la regulación conjunta e integrada de ayudas que tradicionalmente han sido normadas anualmente de forma separada (en ejercicios anteriores) y que sin embargo tienen un sustrato común de promoción del espíritu empresarial precisamente en la denominada economía social, la cual continúa constituyendo un objetivo prioritario del presente gobierno; no obstante la sustantiva reducción del crédito presupuestario disponible, circunstancia que refuerza la necesidad y bondad de la integración. En efecto, de los distintos métodos de fomento de nuevos puesto de trabajo en régimen de empresa democrática y solidaria que ha ensayado este Departamento deviene necesario focalizar por constricción de los recursos financieros disponibles en aquellos sistemas, de base institucional con participación del propio movimiento cooperativo y de sociedades laborales vasco-, como territorial comarcal con participación de empresas de economía social consolidadas y centros de formación técnica, ambas radicadas en la misma área geográfica- de búsqueda, asesoramiento, creación, acompañamiento y en su caso, financiación, de promotores dispuestos, además de formados, a emprender en forma de economía social proyectos empresariales contrastados y viables económicamente. Por idéntica razón, en relación con los resultados hasta ahora obtenidos, la ayuda específica que se introdujo en el ejercicio entre la batería da ayudas para la promoción de la empresas de economía social, consistente en el acompañamiento técnico y el estudio económico-financiero necesario para el desarrollo de proyectos de intraemprendizaje, se ha reconducido al sistema general referido de promotor-promovido. Este diseño integrado de las ayudas públicas dirigidas al fomento de empresas comprometidas con el territorio donde radican, implica por lo mismo, una necesaria simplificación diversos aspectos relativos a la solicitud, tramitación y justificación de la ayuda, sin demérito de la gestión y control del presupuesto público aplicado a la finalidad referida. Así, resaltan aspectos como la introducción de un canal de tramitación electrónica de las solicitudes de ayudas, de necesaria utilización para personas jurídicas usuarias con capacidad técnica contrastada, la simplificación en la acreditación de determinados requisitos a través de la utilización de la declaración jurada o la verificación de oficio por la propia administración subvencionadora; así como de múltiples supuestos de carácter muy determinado derivados de la experiencia acumulada en la gestión de las ayudas que siendo de aplicación muy puntual dificultan la agilidad y eficiencia en la gestión de las mismas, aspecto que debe priorizarse. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus