BOPV nº 188 · · Educación, Universidades e Investigación
RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2012, del Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, por la que se resuelve autorizar y otorgar ayudas económicas a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la impartición de Ciclos Formativos de Formación Profesional en la modalidad de oferta parcial.
La Orden de 22 de mayo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación (BOPV de 31 de mayo de 2012), regula, para el curso 2012-2013, la autorización a los centros docentes privados concertados de la CAV para la impartición de Ciclos Formativos de Formación Profesional en la modalidad de oferta parcial y el programa de ayudas para su financiación. Según el artículo 6 de dicha Orden, corresponde la resolución de esta convocatoria, a propuesta de la Comisión Evaluadora, al Director de Aprendizaje Permanente. El Decreto 167/2012, de 28 de agosto, dispuso el cese del Director de Aprendizaje Permanente. En consecuencia, por razón de vacante del cargo y sobre la base de lo establecido en el Decreto 233/2010, de 14 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, corresponde la resolución de la presente convocatoria al Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente. Las acciones formativas presentadas por los centros han sido examinadas por la comisión evaluadora siguiendo los criterios establecidos en el artículo 16 de la Orden de 22 de mayo anteriormente citada. Vista la propuesta realizada por dicha comisión, RESUELVO : Primero Autorizar a los centros educativos que se relacionan en el anexo I la impartición de las acciones formativas que en él se señalan y conceder las ayudas económicas que corresponden para la organización y desarrollo de las mismas. Segundo Autorizar sin financiación a los centros educativos que se relacionan en el anexo II, la impartición de las acciones formativas que en él se señalan, por agotamiento del crédito presupuestario. DISPOSICIÓN FINAL Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de septiembre de 2012. El Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, JOSÉ CARLOS CRESPO VELASCO. (Véase el .PDF) (Véase el .PDF)