BOPV nº 186 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 19 de septiembre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se establece un programa de ayudas para la internacionalización de empresas en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La internacionalización de las empresas de transporte público de mercancías y viajeros en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, tiene como objetivo contribuir a la mejora de la competitividad exterior de las empresas del sector del transporte radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, apoyando la consolidación de la actividad internacional y las implantaciones en el exterior. La internacionalización es una herramienta que puede contribuir a la mejora de la gestión y competitividad empresarial, lo que se traduce en productos y servicios más competitivos. La forma de gestionar las empresas, en un entorno cada día más incierto, global y competitivo, tiene una importancia estratégica. Además hay que tener en consideración la privilegiada localización geográfica con la que cuenta Euskadi en el Eje Atlántico como Puerta de Europa a caballo de la Península Ibérica y el resto del continente, lo cual supone una oportunidad óptima para que nuestras empresas se abran a nuevos mercados internacionales. Este programa de apoyos es consecuente con los objetivos del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, en el sentido de avanzar hacia el objetivo de lograr un sistema de movilidad sostenible y potenciar la competitividad y modernización de las empresas vascas del sector del transporte público de mercancías y viajeros. Por todo ello el Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes estima adecuado establecer un programa de ayudas económicas, con el fin de que la referida implantación sea lo menos gravosa posible. Con el fin de facilitar a la ciudadanía sus relaciones con la administración y de mejorar la eficiencia administrativa interna en la gestión de las ayudas, se ha desarrollado la tramitación telemática del procedimiento de conformidad con lo establecido en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica (BOPV n.° 50, de 9 de marzo de 2012), lo que se ha recogido de forma conveniente en la presente orden. Estas ayudas están sujetas al Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis (DOUE L 379/5, de 28-12-2006), así como a sus modificaciones posteriores. En su virtud y en ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 4.1 del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, puesto en relación con el Título VI y los capítulos II y III del Título VII del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, RESUELVO : Artículo 1 Objeto y hecho subvencionable. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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