BOPV nº 185 · · Cultura

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2012, del Director General de HABE, por la que se regula la concesión de ayudas económicas a los euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje por los cursos de euskera correspondientes al curso 2012-2013.

El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera, inscritos en el Registro, por su labor de alfabetización y euskaldunización. Para ello, el Director General de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas. La Resolución de 27 de julio de 2005, del Director General de HABE, regula los requisitos académicos y las condiciones que en su relación con HABE deben cumplir los euskaltegis públicos, los euskaltegis privados homologados, los centros homologados para autoaprendizaje, así como los Centros Vascos-Euskal Etxeak, a fin de acceder a las subvenciones que por impartir cursos de euskera convoque HABE cada curso académico, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes. Por todo ello, visto el ámbito de facultades reconocidas por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas por impartir cursos de euskera durante el curso 2012-2013 (entre octubre de 2012 y septiembre de 2013) por euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje. Las cantidades que se otorguen como tales ayudas serán financiadas con cargo a las dotaciones que al efecto quedan consignadas en los Presupuestos de HABE, esto es, 19.720.000 euros, que podrán incrementarse de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera. Dicha cantidad se reparte de la siguiente manera: a) 16.600.000 euros, para ayudas a la actividad de iniciativa propia en cursos presenciales de los euskaltegis contemplada en el punto 1 del artículo 6. b) 1.100.000 euros, para ayudas a la actividad de iniciativa propia en cursos de autoaprendizaje de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje contemplada en el punto 2 del artículo 6. c.1) 1.000.000 euros, para ayudas a la actividad de los euskaltegis que escolarizan grupos bajo convenio, contemplado en el punto 1 del artículo 3 y en el punto 3.1 del artículo 6. c.2) 400.000 euros, para ayudas a la actividad de los euskaltegis que escolarizan grupos bajo convenio, contemplado en el punto 2 del artículo 3 y en el punto 3.2 del artículo 6. d) 620.000 euros, para ayudas a la actividad de los barnetegis, contemplada en el punto 4 del artículo 6. Si en un apartado hubiera excedente y en otro insuficiencia para atender a las solicitudes, se podrá pasar de un apartado a otro. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus