BOPV nº 181 · · Educación, Universidades e Investigación

DECRETO 161/2012, de 21 de agosto, por el que se crea y regula el Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Euskadi.

El presente Decreto se aprueba en el marco de las competencias que a las instituciones vascas atribuye el vigente artículo 16 del Estatuto de Autonomía, en conexión con la disposición adicional primera de la Constitución, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y su modificación por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, sin perjuicio del artículo 27 de la Constitución y Leyes Orgánicas que lo desarrollen y de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30 de la citada Ley. La Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece como uno de los principios de la política universitaria el desarrollo de la participación de los y las estudiantes a través del Estatuto del Estudiante y la constitución de un Consejo del Estudiante Universitario. En el artículo 46.5 se indica que la regulación del Consejo del Estudiante Universitario contará con la representación estudiantil de todas las universidades y, en su caso, con una adecuada participación de representación de los consejos autonómicos de estudiantes. De acuerdo con el artículo 46 de la mencionada Ley, el Real Decreto 179/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, desarrolla los derechos y deberes de las y los estudiantes universitarios y la creación del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado. El Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Euskadi se perfila como el órgano de asesoramiento en orden a garantizar los derechos y deberes de las y los estudiantes del Sistema Universitario Vasco reconocidos en la normativa que resulte de aplicación, al mismo tiempo que permite su participación en el Consejo de Estudiantes del Estado a través de un representante de dicho Consejo. El presente Decreto tiene por objeto regular los aspectos básicos de este órgano, por lo que en virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, emitido informe por parte del Consejo Vasco de Universidades, del Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de agosto de 2012, DISPONGO : Artículo 1 Creación. El Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Euskadi se crea como órgano de asesoramiento y consulta del Gobierno Vasco en aquellas materias que afectan al alumnado universitario, en orden a garantizar los derechos y deberes de las y los estudiantes universitarios, reconocidos en la normativa que resulte de aplicación. El Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Euskadi, en tanto que es un órgano de participación institucional y social, tendrá carácter informativo y deliberante. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus