BOPV nº 176 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 10 de julio de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los centros de enseñanzas musicales.
Las enseñanzas musicales han sido y son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi por su tradicional implantación debida al especial atractivo que esta actividad ha suscitado en la ciudadanía y, muy especialmente, a la implicación que en su oferta han ejercido las Administraciones locales (Ayuntamientos). En correspondencia a la importancia social que ostentan, al esfuerzo municipal y a la responsabilidad y competencias que le son propias en la formación de los ciudadanos y ciudadanas, también la Administración Educativa, Departamento de Educación, Universidades e Investigación, ha dedicado una especial atención y recursos a su ordenación, planificación y financiación. Por otra parte, la iniciativa privada ha cubierto, también en circunstancias y ámbitos geográficos determinados, una función de acercamiento y difusión de estas enseñanzas a la sociedad. En esta línea, la dotación presupuestaria para estas enseñanzas pretende plasmar un proceso de normalización acorde con la implantación de las mismas en el País Vasco, tanto en lo referido a su distribución espacial como al equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades impartidas y a impartir. Así, la presente Orden, dirigida a los centros de enseñanzas musicales, por la que se convoca a estos centros a solicitar las subvenciones correspondientes, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de los mismos, y, en consecuencia, al cumplimiento de los objetivos expresados. Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2012, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a Centros de enseñanzas musicales, RESUELVO : Artículo 1 Convocar subvenciones para las Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre, para los conservatorios de titularidad municipal y para centros autorizados para la financiación de los costes de personal referidos al ejercicio económico de 2012. Artículo 2 Crédito disponible. La cuantía máxima destinada a este fin será de 9.518.039 euros, dividida en dos líneas subvencionales, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2012 y 2013. a) 9.168.040 euros para centros de enseñanza musical con financiación municipal igual o superior al 25%. b) 349.999 euros para el resto de los centros. Los expresados importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades económicas no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y con carácter previo a la resolución de la convocatoria. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Viceconsejera de Administración y Servicios. Artículo 3 . Beneficiarios. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.