BOPV nº 168 · · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2012, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los planes de empleo comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 de mayo de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas para la dinamización de Planes de Empleo Comarcales, ap

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 16 de julio de 2012, ha aprobado la convocatoria de las ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los Planes de Empleo Comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 de mayo de 2012 de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas para la dinamización de Planes de Empleo Comarcales, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria de las ayudas para el impulso de proyectos de desarrollo económico y creación de empleo local que se deriven de los Planes de Empleo Comarcales que se realicen de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 9 de mayo de 2012, de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se convocan ayudas para la dinamización de Planes de Empleo Comarcales, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 16 de julio 2012, que se recoge como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, de 26 de julio de 2012. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, JAVIER RAMOS SALAZAR. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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