BOPV nº 152 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 900/2012, de 12 de julio, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convocan ayudas para la organización de reuniones científicas y actividades formativas a las organizaciones de servicios del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Dentro del amplio y múltiple campo de la formación y la investigación sanitaria es necesario desarrollar y mejorar el intercambio de información y conocimientos científicos mediante la organización de las oportunas reuniones científicas. El Departamento de Sanidad, a través de la Dirección de Ordenación Sanitaria, tiene atribuida la competencia en materia de fomento de la formación del personal sanitario y de la investigación sanitaria y, como tal, dispone de la correspondiente asignación presupuestaria de transferencias a terceros para ayudas en la Organización de Congresos y Reuniones Científicas. Con objeto de hacer más operativo el procedimiento de ejecución de estas transferencias, Osakidetza en colaboración con el Departamento de Sanidad, ha venido gestionando la concesión de las ayudas a los centros pertenecientes al Ente Público. Por ello, siguiendo en esta línea, para el año 2012. RESUELVO : Primero Efectuar la convocatoria y aprobar las bases generales que han de regir la concesión de ayudas para la organización de reuniones científicas y actividades formativas a las organizaciones de servicios del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud recogidas en el anexo I. Segundo Aprobar los modelos normalizados de solicitud: anexos II y III. DISPOSICIÓN FINALES Primero En todo lo no previsto en la presente Resolución será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Segundo De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución, y contra las que, con carácter definitivo, se dicten en su desarrollo podrá ser interpuesto recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en los siguientes términos: Contra las resoluciones definitivas dictadas por el Director de la División de Recursos Humanos podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava, 45; CP: 01006, Vitoria-Gasteiz). Contra las resoluciones dictadas por el Director General podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava, 45; CP: 01006, Vitoria-Gasteiz). Tercero La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2012. El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, JULIÁN PÉREZ GIL. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus