BOPV nº 146 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 18 de julio de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se regula un programa de ayudas en materia de Rehabilitación de Viviendas y Edificios (Programa REVIVE), para la elaboración de Proyectos de Intervención en el Patrimonio Edificado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco y la ejecución de las obras derivadas de los mismos.

El Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado regula el régimen jurídico de las actuaciones de rehabilitación al objeto de promocionar y fomentar el sector de la vivienda. En desarrollo del mismo se dictó la Orden de 2 de mayo de 2007 en la cual se establecían las subvenciones para la rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado en Áreas de Rehabilitación Integrada o en Áreas Residenciales Degradadas así declaradas. Parte de la realidad que nos encontramos, cuando volvemos la vista a nuestras ciudades, está marcada por las evidentes carencias de los inmuebles que la configuran y que contribuyen, en gran medida, a evidenciar la enorme fragilidad de una parte de la población que las habita. Uno de los riesgos a los que nos enfrentamos es la generación de ámbitos de exclusión urbana producida, no sólo por la falta de accesibilidad de ciertos sectores de la población a los recursos, sino también por las condiciones en las que se encuentran las edificaciones y su respuesta en cuanto a la habitabilidad, la accesibilidad y la eficiencia energética. La intervención en la edificación existente es un objetivo irrenunciable, en consonancia con los retos marcados en el Pacto Social por la Vivienda, y orientado a poder satisfacer los compromisos adquiridos en materia de rehabilitación de edificios. Desde la Viceconsejería de Vivienda del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco se ha elaborado el Plan Estratégico de la CAPV de Rehabilitación de Edificios y Regeneración Urbana 2010-2013 (PERH+) como desarrollo del Plan Director de Vivienda y Regeneración Urbana 2010-2013. En el PERH+ se concreta la necesidad de evolucionar en las actuaciones, más allá del propio mantenimiento, de los elementos privativos para acometer de manera integral en el conjunto de la edificación y lograr prolongar su vida útil, adecuarla a las actuales exigencias de confort y calidad, cumplir con las condiciones mínimas de habitabilidad y accesibilidad, reducir el consumo energético, contribuyendo a una mejora de la calidad de vida de sus usuarios y de la cohesión social. Para contribuir a todo ello se desarrolla esta Orden subvencional dirigida a las Comunidades de Propietarios y Promotores Públicos de Viviendas que presenten, propuestas de actuación sobre edificios que tengan por uso principal el de vivienda, agrupados hasta configurar bloques o manzanas completas, cuya fecha de construcción sea anterior a 1980 y dispongan de adecuación urbanística y estructural. En el apartado de subvenciones se detallan los porcentajes correspondientes a la redacción de proyectos de obra y ejecución de las mismas, estableciéndose un tope máximo de subvención obtenido al multiplicar 15.000 euros por el número de viviendas incluidas en el ámbito del proyecto de intervención. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus