BOPV nº 145 · · Empleo y Asuntos Sociales

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2012, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria para el año 2012 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide, adoptado en su sesión de 6 de julio 2012.

El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 6 de julio de 2012, ha aprobado la convocatoria de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la convocatoria para el año 2012 de las ayudas previstas en la Orden de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la que se regulan las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, adoptado en su sesión de 6 de julio de 2012, que se recoge como anexo a esta Resolución. Segundo Informar que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de julio de 2012. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, JAVIER RAMOS SALAZAR. ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE 24 de julio DE 2012, DEL DIRECTOR GENERAL DE LANBIDE-SERVICIO VASCO DE EMPLEO CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2012 DE LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA ORDEN DE 4 DE MAYO DE 2009, DEL CONSEJERO DE JUSTICIA, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, EN LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS PARA LA CREACIÓN Y EL SOSTENIMIENTO DE LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN La Orden de 4 de mayo de 2009, publicada en el BOPV n.º 98, de 26 de mayo de 2009, regula las ayudas para la creación y el sostenimiento de las empresas de inserción, que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social puso en práctica para ofrecer a este tipo de empresas unas fórmulas de apoyo adaptadas a sus particulares características y necesidades. En su marco, se prevén subvenciones destinadas a las entidades promotoras para la creación de empresas de inserción y subvenciones dirigidas a las propias empresas de inserción para su sostenimiento. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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