BOPV nº 145 · · Empleo y Asuntos Sociales

DECRETO 141/212, de 17 de julio, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación para la Atención y Promoción de Colectivos en Exclusión Social - Izangai, de Bilbao (Bizkaia).

El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de utilidad pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo. A su amparo, la Asociación para la Atención y Promoción de Colectivos en Exclusión Social - Izangai, de Bilbao (Bizkaia) ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de utilidad pública. La Asociación solicitante es una entidad constituida el 27 de marzo de 1999 e inscrita en virtud de la Resolución de 9 de julio de 1999, de la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico, del extinto Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social. Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/B/08090/1999. El ámbito territorial en el que desarrolla sus funciones principalmente comprende el Territorio Histórico de Bizkaia. Desde su constitución, la Asociación para la Atención y Promoción de Colectivos en Exclusión Social Izangai realiza todas las actividades precisas para la consecución de su fin principal que es la atención y promoción de colectivos en situación de exclusión, con el objetivo de generar itinerarios de incorporación social y laboral. Todas las actividades que realiza son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de utilidad pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo el informe emitido por el Departamentos e instituciones requeridos al efecto, en los que manifiestan su parecer favorable a la declaración de la Asociación como entidad de utilidad pública. En virtud de lo cual, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública y de Empleo y Asuntos Sociales, previa aprobación y deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 17 de julio de 2012, DISPONGO : Artículo único Declarar de utilidad pública a la Asociación para la Atención y Promoción de Colectivos en Exclusión Social - Izangai, inscrita con el número de registro AS/B/08090/1999 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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