BOPV nº 140 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2012, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de nivel básico y cualificado a los alumnos del curso número 239.
Vista la documentación presentada por la Escuela agraria de Arkaute sobre el desarrollo y el nivel de aprovechamiento de los alumnos del curso 239 de nivel básico, destinado a los agricultores y ganaderos de Álava, así como la documentación presentada por los Ingenieros Técnicos Agrícolas, titulados de grado medio y los Ingenieros Agrónomos, titulados de grado superior. Considerando que: Primero El contenido de los mencionados cursos se corresponde con los programas que figuran en el Anexo de la Orden PRE 2922/2005. Segundo La Orden de 8 de marzo de 1994, del Ministerio de la Presidencia, que regula la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso agrícola, en su disposición tercera, apartado segundo, establece que los titulados universitarios superiores y medios de las ramas agrícolas y forestal quedan exentos del requisito de posesión del carné a que se refiere el punto uno para la realización de tratamiento fitosanitarios. Tercero Reúnen los requisitos establecidos en la Orden de 8 de marzo de 1994, del Ministerio de la Presidencia, modificada por Orden PRE 2922/2005, de 19 de septiembre de 2005. Cuarto Que la Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable. Visto el artículo 3 de la 0rden de 21 de agosto de 2006, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la acreditación de la capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso agrícola y se dictan normas par la organización, homologación y convalidación de cursos, RESUELVO : Primero Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola: De nivel básico del curso 239 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente resolución. De nivel cualificado por convalidación de los títulos de Ingeniero Técnico Agrícola e Ingeniero Agrónomo en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II. Segundo Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura y Desarrollo Rural en el plazo de un mes a contar desde su publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de mayo de 2012. La Directora de Agricultura y Ganadería, MARÍA PILAR SANTAMARÍA MARTÍNEZ. (Véase el .PDF)