BOPV nº 126 · · Presidencia del Gobierno

LEY 12/2012, de 21 de junio, contra el Dopaje en el Deporte.

Se hace saber a todos los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que el parlamento vasco ha aprobado la siguiente Ley 12/2012, de 21 de junio, contra el Dopaje en el Deporte. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Comunidad Autónoma del País Vasco tiene, a tenor del artículo 10.36 del Estatuto de Autonomía, la competencia exclusiva en materia deportiva. Al amparo de dicha competencia, el Parlamento aprobó la Ley 5/1988, de 19 de febrero, de la Cultura Física y del Deporte, texto legal que no reguló el dopaje. El acelerado proceso de transformaciones que estaba experimentando el deporte condujo a la sustitución de la misma por la vigente Ley 14/1998, de 11 de junio, del Deporte del País Vasco, que sí regula el ámbito del dopaje. Esta Ley 14/1998 destina completamente el Capítulo V, del Título VII, al dopaje. Además de dicho Capítulo, a lo largo del resto del articulado se contienen diversas previsiones sobre tal problemática. Aunque dicha Ley supuso un primer e importante paso para dotar al País Vasco de una regulación propia para combatir la lacra del dopaje, el tiempo transcurrido desde la aprobación ha puesto de manifiesto nuevas problemáticas e importantes transformaciones organizativas y normativas en el ámbito estatal e internacional. Por un lado, los eventos deportivos, estructurados tradicionalmente en torno a las federaciones deportivas, se han mercantilizado notablemente y están siendo organizados por entidades, ajenas a la organización federativa, para quienes no estaba prevista la normativa reguladora de la lucha contra el dopaje. Por otra parte, aunque las diferentes prácticas de dopaje han constituido siempre una vulneración de los principios fundamentales de la ética deportiva, en la actualidad el fenómeno del dopaje ya no es sólo un grave engaño deportivo; se ha convertido en un conjunto de prácticas peligrosas organizadas que pueden ser muy peligrosas para la salud pública, especialmente para la vida de los deportistas. El dopaje ha sobrepasado el marco exclusivo de la ética deportiva y de la salud individual de un deportista para convertirse en un auténtico problema de salud pública. El dopaje no es la expresión de prácticas aisladas e individuales de las y los deportistas sino que responde a tramas organizadas con fuertes intereses económicos. El marco jurídico de la lucha contra el dopaje también ha experimentando profundas reformas. Un año después de la aprobación de la Ley 14/1998 se celebró en Lausana, Suiza, la Conferencia Mundial sobre el Dopaje en el Deporte, que puso de manifiesto la necesidad de profundizar en la colaboración entre poderes públicos y organizaciones deportivas. Tal conferencia supuso un cambio de rumbo en la forma de abordar el problema del dopaje en el deporte, poniendo el acento en la necesidad de crear un organismo internacional independiente que estableciera normas comunes para combatir el dopaje y coordinara los esfuerzos de las organizaciones deportivas y de los poderes públicos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus