BOPV nº 123 · · Educación, Universidades e Investigación
RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2012, del Director de Centros Escolares, por la que se convoca el procedimiento de admisión en régimen de internado en el Centro Residencial de Eibar para el curso académico 2012-2013.
El derecho a la educación y a la libertad de enseñanza asiste a toda la ciudadanía, y es obligación de los poderes públicos el arbitrar medidas dirigidas a compensar las limitaciones o desequilibrios existentes para acceder a la educación en situación de igualdad. La existencia de un Centro Residencial dentro del Complejo Educativo de Eibar permite hacer una oferta especialmente adecuada para el alumnado que cursa determinados estudios fuera del lugar de su residencia familiar. El capítulo cuarto del Decreto 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar (BOPV de 16-07-2002), capítulo que fue introducido por el artículo undécimo del Decreto 24/2011, de 22 de febrero, de modificación del anterior (BOPV de 03-03-2011), establece el procedimiento, requisitos y preferencias de admisión en el referido centro residencial. De acuerdo con el artículo 19 del citado decreto, esta Dirección es el órgano competente para establecer los plazos, forma y lugar de presentación de las solicitudes, documentación que debe presentarse y plazos de publicación y reclamación contra las listas de admitidos y excluidos. A tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de dicho Decreto 164/2002, de 2 de julio, RESUELVO : Artículo 1 Objeto y régimen aplicable. Se convoca procedimiento de admisión en régimen de internado en el Centro Residencial de Eibar para el curso académico 2012-2013. Este procedimiento se desarrollará conforme al calendario fijado en anexo a esta resolución. La presente convocatoria se rige por el capítulo cuarto del Decreto 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar (BOPV de 16-07-2002), capítulo que fue introducido por el artículo undécimo del Decreto 24/2011, de 22 de febrero, de modificación del decreto anterior (BOPV de 03-03-2011). Artículo 2 Requisitos, procedimiento y baremo. Los requisitos para la admisión de residentes son los establecidos en el artículo 18 del Decreto 164/2002, de 2 de julio, por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar y, en el caso de renovación, también los requisitos de permanencia establecidos en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del centro a que remite el artículo 20.1 del mencionado decreto. Conforme a lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de dicho decreto, se desarrollarán el procedimiento, se aplicarán las preferencias, se determinarán los supuestos en los que las solicitudes deberán baremarse y se aplicará el baremo, cuando corresponda. Artículo 3 Solicitud y documentación a presentar. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.