BOPV nº 118 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2012, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se somete a información pública y audiencia a los interesados el expediente de modificación del Decreto 225/2002, de 1 de octubre, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón en Navaridas (Álava).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural. En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Mediante Decreto 225/2002, de 1 de octubre (BOPV n.º 198, de 17 de octubre), se calificó la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón en Navaridas como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, fijándose su régimen de protección. La Diputación Foral de Álava solicitó la modificación del actual régimen de protección del Conjunto Monumental, al objeto de que puedan realizarse las obras de mejora de la carretera A-3212. En este sentido, los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, respondiendo a las propuestas de la Diputación Foral, realizaron un informe en el que se propone una nueva redacción del artículo 8 del Régimen de Protección. Por todo ello, y a la vista de los informes elaborados por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar el expediente para la modificación del Decreto 225/2002, de 1 de octubre, por el que se califica, como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón, en Navaridas (Álava) con el objeto de proceder a una nueva redacción del artículo 8 del Régimen de Protección inicial, tal y como se establece en el anexo I de la presente Resolución. Segundo Abrir un período de información pública del expediente incoado para la modificación del Decreto 225/2002, de 1 de octubre, que declara como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, la Zona Arqueológica del Poblado del Alto de Castejón en Navaridas, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estimen oportunas, como previene los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián nº 1 de Vitoria-Gasteiz. Tercero Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones vigentes. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.