BOPV nº 98 · · Educación, Universidades e Investigación
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 10 de febrero de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros, de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma del País V
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Orden de 10 de febrero de 2012 de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Maestras y Maestros, de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Profesores y Profesoras de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores y Profesoras de Música y Artes Escénicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades para los funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 33, de 15 de febrero de 2012, se procede a su corrección. En el subapartado B del apartado 6.2.1.2.2, página 2012/717 (24/66), donde dice: Para la preparación de la unidad didáctica, la persona aspirante dispondrá de cuarenta y cinco minutos. Debe decir: Para la preparación de la unidad didáctica, la persona aspirante dispondrá de una hora y quince minutos. En el apartado 8.3.1, página 2012/717 (30/66), donde dice: Cuarenta y ocho horas después de finalizar el plazo de presentación de reclamaciones, los Tribunales harán públicas las notas definitivas, en los lugares indicados, entendiéndose que, cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas, deben entenderse desestimadas las reclamaciones. Debe decir: Cuarenta y ocho horas, como máximo, después de finalizar el plazo de presentación de reclamaciones, los Tribunales harán públicas las notas definitivas, en los lugares indicados, entendiéndose que, cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas, deben entenderse desestimadas las reclamaciones.