BOPV nº 90 · · Empleo y Asuntos Sociales

DECRETO 53/2012, de 17 de abril, del Consejo Vasco de Familia.

La Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias, que tiene por objeto establecer el marco y las bases para una política familiar integral, orientada a la mejora del bienestar y de la calidad de vida de las familias y sus miembros, desarrolla en su Título IV la organización institucional. Siendo así, que el Capítulo I del citado Título IV crea el Consejo Vasco de Familia y sus comisiones. La citada Ley constituye el Consejo Vasco de Familia como un órgano a través del cual se articula la coordinación y colaboración en materia de familia entre el Gobierno Vasco, las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos, y como órgano por el cual se hace efectiva la participación de entidades y personas ajenas al ámbito de las administraciones públicas. Asimismo, la ley constituye como comisiones integradas en el Consejo Vasco de Familia, la Comisión Interdepartamental de Familia, la Comisión Interinstitucional de Familia y la Comisión Permanente de Familia. La primera se configura como el órgano de coordinación de las actuaciones en materia de familia de los distintos departamentos del Gobierno Vasco; la segunda constituye el máximo órgano de colaboración, coordinación y participación de las distintas administraciones públicas en materia de familia; y, la tercera es el foro específico de participación de los agentes sociales implicados en la protección, atención y apoyo a las familias. Tanto la Comisión Interinstitucional de Familia como la Comisión Permanente de Permanente tienen su antecedente en la Orden de 17 de septiembre de 2003, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regula la organización institucional en el área de familia en la Comunidad Autónoma de Euskadi, la cual establece que la organización institucional en el área de familia está integrada por la Comisión Permanente Sectorial de Familia y por la Comisión Interinstitucional de Familia. La primera de ellas se constituyó en el seno del Consejo Vasco de Bienestar Social. La aludida Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias integra ambas comisiones en el Consejo Vasco de Familia. Del mismo modo, la ley añade, en su disposición transitoria única, que a su entrada en vigor la Comisión Interinstitucional de Familia y la Comisión Permanente Sectorial de Familia (en adelante Comisión Permanente de Familia), adscritas hasta ese momento al Consejo Vasco de Bienestar Social, pasarán a integrarse en el Consejo Vasco de Familia, todo ello sin perjuicio de las funciones y composición que para ambas se establezca reglamentariamente, de acuerdo con la naturaleza con la que se les configura en la ley. En este sentido, la propia Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias, en su disposición adicional segunda, envía al Gobierno Vasco el mandato de regular las funciones, composición y régimen de funcionamiento del Consejo Vasco de Familia, objeto al que pretende dar cumplimiento el presente Decreto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus