BOPV nº 82 · · Educación, Universidades e Investigación
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 14 de marzo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se establece el calendario común de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las Instrucciones para la admisión, para el curso académico 2012-2013, del alumnado de Bachillerato, Ciclos Formativos y Programas de Cualificación Profesional Inicial en los centros públicos y en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco,
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el anexo V publicado en la Orden de 14 de marzo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se establece el calendario común de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las Instrucciones para la admisión, para el curso académico 2012-2013, del alumnado de Bachillerato, Ciclos Formativos y Programas de Cualificación Profesional Inicial en los centros públicos y en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como para la matriculación en todos los centros que imparten enseñanzas oficiales de esos niveles, publicada en Boletín Oficial del País Vasco n.º 74, de 16 de abril de 2012, se procede a su corrección: En la página 2012/1702 (37/58), en la versión en castellano, donde dice: Los alumnos y alumnas podrán solicitar su admisión únicamente para un nivel de enseñanza. Ninguna persona podrá solicitar su admisión para este y otros niveles de enseñanza. Si lo hiciera será automáticamente excluida de éste y perderá todos los derechos que le pudieran corresponder. Cada persona podrá realizar una única solicitud. La presentación de varias solicitudes en uno o diferentes centros conllevará la pérdida de los derechos de opción del o de la solicitante, que se producirá, en todo caso, tras el preceptivo trámite de audiencia a la persona interesada. En consecuencia, las solicitudes duplicadas serán tramitadas en último lugar, una vez adjudicadas las plazas correspondientes al resto de solicitudes presentadas. La solicitud podrá ser cumplimentada por la persona interesada de una de estas dos formas: On line (únicamente para el primer curso de cada programa), hasta las 24:00 horas del día 14 de junio, mediante la aplicación informática habilitada a tal efecto por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación. En la secretaría del centro que solicite como primera opción, que será la encargada de introducir los datos referentes a la solicitud proporcionados por la persona solicitante. Si la solicitud se realiza en el centro elegido, la persona interesada presentará su DNI o documento identificativo y facilitará todos los datos requeridos, que serán introducidos en la aplicación informática por el personal de dicho centro. Además deberá entregar en el centro elegido la documentación que corresponda en cada caso. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.