BOPV nº 81 · · Presidencia del Gobierno

RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2012, del Secretario General de la Presidencia, por la que se convocan Becas de especialización y formación de profesionales en el área de Gobierno Abierto /Open Government para 2012.

El Decreto 173/2011, de 26 de julio, regula las Becas de especialización en el área de Gobierno Abierto /Open Government. El artículo 2 del citado Decreto establece que las becas se convocarán periódicamente mediante Resolución del Secretario General de la Presidencia, en la que habrá de constar el objeto de la convocatoria, tipo y número de becas que se convocan, las pruebas de selección, dotación y forma de pago de las becas, los subcriterios de valoración, su ponderación y, en su caso, las pruebas que se consideren oportunas, así como el lugar y plazo de presentación de solicitudes y el modelo de solicitud. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución convocar, para el ejercicio 2012, las becas para impulsar la especialización y formación de profesionales en el ámbito del Gobierno Abierto / Open Government. Artículo 2 Becas convocadas. Se convocan cuatro becas. El número de becas por modalidad es el siguiente: 1 Beca de Gobierno Abierto, Transparencia y Participación Ciudadana en Internet. 1 Beca de Periodismo Digital. 2 Becas de Producción Audiovisual. La duración de las becas será de 24 meses, computables a partir de la fecha de incorporación y serán concedidas por el procedimiento de concurso. La especialización y formación de las personas beneficiarias de las becas se llevará a cabo en las dependencias de Lehendakaritza ubicadas en Vitoria-Gasteiz. No obstante, y al objeto de contribuir a su formación, los becarios y becarias acompañarán en sus desplazamientos al personal integrante de los equipos de trabajo de Irekia Gobierno Abierto, adscritos a Lehendakaritza Presidencia del Gobierno Vasco. Artículo 3 Dotación y pago. La dotación de cada una de las cuatro becas será de 34.000 euros. Este importe estará sujeto a la retención fiscal correspondiente en razón de la actividad realizada. Los pagos se realizarán de la siguiente manera: Un pago correspondientes al 15% del importe total al comienzo de la beca. Un pago correspondiente al 25% antes del 31 de diciembre de 2012 Un pago correspondiente al 45% en el último trimestre del año y en cualquier caso antes del 31 de diciembre de 2013. Un pago final correspondiente al 15% restante a la finalización de la beca. Las personas becadas deberán elaborar informes parciales con carácter previo a percibir los correspondientes pagos y un informe final detallado sobre los temas estudiados con carácter previo a percibir el último pago. Dichos informes podrán aportarse de forma presencial o por medios electrónicos desde http://www.euskadi.net/misgestiones. Artículo 4 Tramitación de solicitudes. Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios presenciales o electrónicos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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