BOPV nº 78 · · Economía y Hacienda
ORDEN de 4 de abril de 2012, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se realiza una ampliación de treinta y ocho millones de euros en el importe de la emisión de deuda pública de 5 de julio de 2010.
El Decreto 42/2012, de 27 de marzo, autoriza la realización de una o varias emisiones de deuda pública de Euskadi, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma como se instrumenten, por un importe máximo de 1.207.796.030 de euros, con cargo a la autorización concedida al Consejo de Gobierno por la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012, en su artículo 10, apartado 1. La disposición adicional del mencionado Decreto establece que, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 3.º del artículo 30 de la Ley 8/1996, de 8 de noviembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Euskadi, corresponde al Consejero de Economía y Hacienda, mediante Orden, publicada en el caso de emisión de deuda pública en forma de valores en el Boletín Oficial del País Vasco, determinar los instrumentos y modalidades concretas para realizar las operaciones de endeudamiento aprobadas en el mismo, así como concretar sus condiciones financieras y demás características no señaladas por la citada norma, dentro de las previsiones de la misma. Se ha decidido efectuar una ampliación en el volumen de la emisión de deuda Pública de 5 de julio de 2010 con el objeto de aprovechar las condiciones de mercado y facilitar, asimismo, los costes futuros de gestión mediante la agrupación de importes en referencias de deuda preexistentes. En virtud de todo lo cual, RESUELVO : Artículo 1 Ampliar en treinta y ocho millones (38.000.000) de euros el importe de la emisión de deuda pública de 5 de julio de 2010 autorizada mediante Orden de 16 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se realizaba una emisión de deuda pública de Euskadi por importe de 105.000.000 de euros y se fijaban determinadas características de la misma (BOPV de 12 de julio de 2010). Artículo 2 Esta ampliación tendrá las siguientes características: a) Importe nominal: 38.000.000 de euros. b) Procedimiento de emisión: colocación privada. c) Fecha de desembolso: 17 de abril de 2012. d) Precio de desembolso: 99,874726778% del valor nominal. e) Intereses y fecha de amortización: los fijados en Orden de 16 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se realizaba una emisión de deuda pública de Euskadi por importe de ciento cinco millones de euros y se fijaban determinadas características de la misma. Los bonos correspondientes a esta ampliación tendrán idénticos derechos a los de los bonos emitidos en virtud de la Orden de 16 de junio mencionada. f) Representación de los valores: anotaciones en cuenta. Artículo 3 Suscripción. El Departamento de Economía y Hacienda facilitará la suscripción de los valores de la emisión a través de la entidad o entidades mandatadas para la realización de la emisión, entidades habilitadas para tal fin según la normativa vigente de mercado de valores. Artículo 4 Habilitación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.