BOPV nº 77 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 22 de febrero de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se convoca y regula, el Premio «Rene Cassin», de Derechos Humanos.
La finalidad de la presente convocatoria es reconocer públicamente y premiar a aquellas personas o colectivos que con su trayectoria personal o profesional dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos. La denominación del premio se realiza en recuerdo de D. René Cassin, nacido en Bayona el 5 de octubre de 1887. La trágica experiencia de la I Guerra Mundial le marcó profundamente, convirtiéndose en un resuelto defensor de los antiguos combatientes y las víctimas de la guerra. Fue el principal inspirador de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y jugó un papel esencial en la elaboración del Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950. Galardonado con el Premio Nobel de la Paz en 1968 por su combate infatigable a favor de los Derechos Humanos, consagró el Premio a la creación del Instituto Internacional de Derechos Humanos de Estrasburgo. Por todo ello, en el marco de las competencias que le corresponden al Departamento de Justicia y Administración Pública, se procede a convocar y regular, para este año 2012, el premio «Rene Cassin». En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es convocar y regular la concesión del Premio «Rene Cassin» para 2012, cuya finalidad es destacar y reconocer públicamente la actuación en el ámbito de los Derechos Humanos, de aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin ánimo de lucro. Artículo 2 Características del Premio. El Premio de la presente convocatoria se concederá, a criterio del Jurado, a la persona o personas que acrediten méritos suficientes para ello. El Premio consistirá en una distinción honorífica, en un reconocimiento público, y en una cantidad dineraria de 12.000 euros. Artículo 3 Personas Beneficiarias. Podrán optar al Premio convocado por la presente Orden, aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin ánimo de lucro, que, con su actuación y trayectoria, contribuyeren o hubieren contribuido de manera destacada a la promoción de los valores de los Derechos Humanos en nuestra sociedad. Artículo 4 Presentación de candidaturas. Las candidaturas al Premio podrán ser presentadas por cualquier persona física o jurídica, tanto pública como privada. Junto con cada una de las candidaturas al Premio habrá de remitirse: a) La documentación pertinente que acredite la contribución a los Derechos Humanos de la persona candidata propuesta al Premio. b) La declaración de la persona propuesta como candidata expresando su conformidad con la participación en este Premio. c) En su caso, los avales o adhesiones que, a favor de la persona o personas propuestas, presenten quienes formalicen las candidaturas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.