BOPV nº 73 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

ORDEN de 10 de abril, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan ayudas a entidades capacitadas para poner en marcha un programa de Becas para que Jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior puedan realizar Prácticas en Empresas y Organismos en el Extranjero, denominadas Becas «Global Training».

El Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en su objetivo de encontrar soluciones a los retos de futuro que se plantean en el ámbito de una economía abierta, detectan la necesidad de trazar distintas actuaciones relacionadas con el desarrollo de capacidades y conocimiento, formación y movilidad de jóvenes vascos, capacitándolos para su incorporación al mercado de trabajo. Tanto el desarrollo de la Estrategia Europea 2020 de crecimiento inteligente, sostenible y solidario, como el impulso en la internacionalización de la economía vasca requerirán jóvenes más y mejor preparados, para una sociedad sostenible en la que se dé una independencia económica equivalente para las mujeres y los hombres, como lo recoge la Comisión Europea en su documento, aprobado el 5 de marzo de 2010. En este sentido se estima que para el año 2020, el 35% de todos los puestos de trabajo en la UE exigirá cualificaciones de alto nivel y que gran parte de la adquisición de competencias se realizará a través de la educación no formal, con especial énfasis en lo que se refiere a movilidad internacional, voluntariado, aprendizaje práctico en entornos reales de trabajo y participación activa de la juventud. Para ello, se plantea el lanzamiento de un programa de becas para que jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior puedan realizar prácticas en empresas y organismos en el extranjero, denominadas Becas «Global Training» que potencie la movilidad transnacional de la juventud de la CAPV para realizar actividades y proyectos relacionados con su perfil académico y profesional en empresas y organizaciones de países extranjeros con un plan de formación práctica previamente planificado. Y en virtud de ello, DISPONGO : Artículo I. Objeto. El objeto de la presente Orden es regular las ayudas a las entidades capacitadas para desarrollar el programa Becas «Global Training», cuyas bases se recogen en el anexo, que tiene como finalidad la formación práctica de jóvenes con titulación universitaria y de formación profesional de grado superior en empresas y organismos en el extranjero. Las ayudas reguladas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones no reintegrables. Las ayudas objeto de regulación en la presente Orden se concederán en un mismo procedimiento que se iniciará con la publicación de la resolución de convocatoria anual, a todas aquellas entidades que en tiempo y forma acrediten reunir los requisitos establecidos en el anexo, en las cuantías máximas contempladas en el artículo 4. Si la dotación de los recursos económicos asignada a la convocatoria fuere suficiente para dar cobertura al montante global de las ayudas calculadas con arreglo a lo indicado anteriormente, éstas se adjudicarán por el importe calculado para cada una de ellas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus