BOPV nº 67 · · Justicia y Administración Pública
RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2012, del Director de Registros Administrativos y de Régimen Local, por la que se disuelve la Agrupación constituida por los municipios de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría.
Mediante Resolución de 2 de febrero de 2003, del Director de Política Institucional y Administración Local, se constituyó la agrupación de los municipios de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar, para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría. Con fecha 15 de diciembre y 26 de diciembre de 2011, respectivamente, los Ayuntamientos de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar adoptaron sendos acuerdos plenarios en el sentido de solicitar la disolución de la Agrupación que forman para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría. En la instrucción de este procedimiento, y en base a lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, se solicitó informe a la Diputación Foral del Bizkaia. En este informe, emitido con fecha 1 de febrero de 2012, se manifiesta que no habría inconveniente para que se proceda a la disolución de la Agrupación. Otorgado el trámite de audiencia a las dos Corporaciones interesadas y a la Secretaria-Interventora de la Agrupación, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ninguna de ellas ha formulado alegación alguna. Por otro lado, teniendo en cuenta las características de población y de presupuesto gestionado procede clasificar las Secretarías de los Ayuntamientos de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar como de clase tercera, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En virtud de lo expuesto y de acuerdo con el artículo 3 2 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y artículo 26 del Decreto 472/2009, de 28 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia y Administración Pública, RESUELVO : Primero Disolver la Agrupación constituida por los municipios de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría. Segundo Clasificar las Secretarías de los Ayuntamientos de Markina-Xemein y Ziortza-Bolibar como de clase tercera. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Régimen Jurídico, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la utilización de cualquier medio de impugnación admitido en derecho. Segunda De conformidad con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, la Administración Pública interesada no podrá interponer recurso administrativo contra esta Resolución. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.