BOPV nº 44 · · Empleo y Asuntos Sociales
RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2011, de la Viceconsejera de Trabajo, por la que se da publicidad a la modificación de la cuantía global máxima destinada durante el año 2011 para la financiación de las ayudas para la intercooperación empresarial en la economía social, y las ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Por una parte, la Orden subvencionadora de 06-06-2011 por la que se establecen las ayudas para la intercooperación empresarial en la economía social, en su artículo 14.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente: Se destinará para el año 2011 un total máximo de ciento treinta y cuatro mil (134.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2011 de ochenta mil cuatrocientos (80.400) euros y un crédito de compromiso de cincuenta y tres mil (53.000) euros, correspondientes al ejercicio 2012. De conformidad con el artículo 14.1 de la Orden subvencionadora mencionada, dicha cuantía global podría verse, en su caso, incrementada, en función de la vinculación presupuestaria existente, de las disponibilidades presupuestarias que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales o de la aprobación de otras modificaciones presupuestarias. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución de la Viceconsejera de Trabajo. Con fecha 29-07-2011, quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas, y comenzó el proceso de registro y cuantificación de las solicitudes presentadas. A lo largo de este periodo se ha constatado que las cantidades solicitadas para las ayudas para la asistencia técnica en empresas de economía social, hacen aconsejable un incremento de la cuantía global destinada a esta ayuda. Se estima que son necesarios 65.632 euros más, 40.579,20 euros correspondientes al presupuesto ordinario del 2011 y 25.052,80 euros de crédito de compromiso para el presupuesto del 2012. Por otra parte, la Orden subvencionadora de 03-06-2011 por la que se establecen ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su artículo 18.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente: Se destinará para el año 2011 un total máximo de seiscientos sesenta y ocho mil (668.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2011 de quinientos un mil (501.000) euros y un crédito de compromiso de ciento sesenta y siete mil (167.000) euros, correspondientes al ejercicio 2012. De conformidad con el artículo 18.2 de la Orden subvencionadora mencionada, dicha cuantía global podría verse, en su caso, incrementada, en función de la vinculación presupuestaria existente, de las disponibilidades presupuestarias que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales o de la aprobación de otras modificaciones presupuestarias. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución de la Viceconsejera de Trabajo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.