BOPV nº 59 · · HABE
RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2012, del Director General de HABE, por la que se realiza convocatoria extraordinaria para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak, conforme al Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE.
La Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece el sistema de acreditación de los niveles de competencia del euskera definidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos, tomando como base las Ordenes de 24 de enero de 2000 y 13 de marzo de 2006, por las que se aprueba el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos. Por su parte, el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, tiene por objeto la convalidación de títulos y certificados acreditativos del conocimiento del euskera, así como la adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. A estos efectos, el artículo 9 de la citada Orden de 19 de enero de 2011 prevé la posibilidad de realizar convocatorias tanto ordinarias como extraordinarias, y dispone que las dirigidas al alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak tendrán siempre el carácter de extraordinarias. En ese mismo sentido, su artículo 11 establece que para la obtención de los certificados que acrediten los niveles descritos en dicha Orden será requisito imprescindible la superación de una prueba de competencia por cada nivel. Finalmente, se faculta al Director General de HABE para realizar, mediante Resolución, las convocatorias correspondientes y establecer las particularidades de cada una de ellas, en desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la mencionada Orden. Por todo ello, RESUELVO : Bases organizativas Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución realizar la convocatoria extraordinaria de pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera para 2012, dirigidas al alumnado de los Centros Vascos-Euskal Etxeak. Artículo 2 Normas de funcionamiento. La evaluación de las destrezas lingüísticas del examinando está basada en los contenidos y criterios de evaluación descritos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE y en el Marco Común Europeo de Referencia para enseñanza, aprendizaje y evaluación de las Lenguas. La convocatoria se realiza para acreditar los niveles 1, 2 y 3 establecidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE. En el anexo I, adjunto a esta Resolución, se incluyen las características de las pruebas de competencia, la estructura de las mismas, los criterios de evaluación y la calificación correspondiente a cada uno de los apartados que las conforman. El examinando que desee acreditar los niveles mencionados deberá superar los mínimos exigidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos, para cada nivel y en cada una de las destrezas lingüísticas, tanto oralmente como por escrito. Estas pruebas evalúan el nivel de competencia comunicativa en euskera de cada examinando. Artículo 3 Materialización de la convocatoria. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.