BOPV nº 59 · · Sanidad y Consumo

ACUERDO de 28 de febrero de 2012, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueban los criterios generales del Concurso de Traslados del Ente Público para el año 2012.

El Consejo de Administración adopta el presente Acuerdo conforme a la previsión hecha en el artículo 8.5.i) del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como con carácter general, conforme a las normas que en materia de personal perteneciente al Ente Público contemplan la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, de Estatuto Marco del Personal Estatutario de los servicios de salud y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cuyo artículo 37.1, apartado c), incluye entre las materias de negociación colectiva los criterios generales en materia de provisión de recursos humanos. La Mesa sectorial de Sanidad inició en el primer semestre del año 2010 el proceso negociador para la aprobación de una nueva Oferta Pública de Empleo y un nuevo Concurso de Traslados a realizar en el Ente Público, proceso que se ha desarrollado a lo largo de diversas reuniones celebradas durante los años 2010, 2011 y 2012 en el seno de la mesa sectorial de sanidad, habiéndose adoptado un Pacto con las centrales sindicales SATSE, CC.OO. y UGT, el 28 de febrero de 2012, para establecer los criterios que regirán este nuevo concurso de traslados. De conformidad con lo expuesto, a propuesta del Director General, y de acuerdo a lo previsto en el artículo 8.5.i) de los Estatutos del Ente Público, el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de Salud adopta el siguiente, ACUERDO : Primero Efectuar la convocatoria de un concurso de traslados en Osakidetza-Servicio vasco de salud para posibilitar la movilidad voluntaria definitiva entre organizaciones de servicios. El proceso de movilidad voluntaria definitiva se resolverá por el sistema de concurso. Las bases que han de regir el concurso de traslados de las correspondientes categorías concretarán los requisitos de participación, los destinos ofertados, el procedimiento y el baremo de méritos. La gestión de las actuaciones para el inicio del concurso de traslados se iniciará inmediatamente alcance la necesaria virtualidad jurídica el presente Acuerdo, así como las Resoluciones que contengan las bases que en desarrollo del mismo se dicten. Segundo Los criterios para la determinación de los puestos a incluir en la convocatoria a desarrollar el año 2012 son los siguientes: Destinos vacantes cubiertos por personal en situación de adscripción provisional tramitada con anterioridad al 1 de enero de 2012. Destinos vacantes cubiertos por personal en situación de comisión de servicios tramitada con anterioridad al 1 de enero de 2012. Destinos vacantes cubiertos por personal con nombramiento/contrato interino efectuado hasta al 1 de enero de 2012. Destinos vacantes sin ocupante al 1 de enero de 2012. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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