BOPV nº 58 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCION de 31 de enero de 2012, del Director de Energía y Minas, por la que se declara la Utilidad Pública para la Ampliación de la Faja de Arbolado de la línea eléctrica aérea a 30 kV d/c, Altzo-Aduna y sus derivaciones, en los términos municipales de Altzo, Alegia, Tolosa, Ibarra, Irura, Villabona, Andoain y Aduna. Referencia: 24007/AT-H-2010-143.

ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Con fecha 20 de octubre de 2010 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Donostia-San Sebastián, P.º Mikeletegi 1-3, solicitó Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto de ejecución y Declaración de Utilidad Pública, para la Ampliación de la Faja de Arbolado de referencia, en los términos municipales de Altzo, Alegia, Tolosa, Ibarra, Irura, Villabona, Andoain y Aduna. Dos. A los efectos previstos en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. en el BOPV, con fecha 8-04-2011, en el BOG, con fecha 11-02-2011 y en El Diario Vasco, con fecha 3-02-2011, junto con la relación de bienes y derechos que dicha empresa considera necesario expropiar. Tres. Con fecha 27 de enero de 2011 se remitió oficio a los ayuntamientos de Altzo, Alegia, Tolosa, Ibarra, Irura, Villabona, Andoain y Aduna a fin de que se procediese a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos. Cuatro. Con fecha de 5 de enero de 2011 se remitió una separata a los ayuntamientos de Altzo, Alegia, Tolosa, Ibarra, Irura, Villabona, Andoain y Aduna a los efectos de que prestaran su conformidad u oposición a la autorización solicitada. Cinco. Los ayuntamientos de Altzo, Alegia, Tolosa, Ibarra y Andoain, manifestaron su conformidad al proyecto presentado, imponiendo una serie de condicionados. Seis. Los ayuntamientos de Irura y Aduna, reiterada la petición de informe, no contestaron a la misma. Siete. Con fecha 7 de marzo de 2011 el Ayuntamiento de Villabona manifestó que la ejecución del proyecto supondría una gran repercusión para el arbolado municipal y solicitó: La realización de un Estudio de impacto ambiental que considere alguna alternativa a la total eliminación de arbolado. Que se estudie la posibilidad de realizar plantaciones de bajo porte, y/o mantener las existencias en zonas en las que por la elevada altura de la línea nunca podrían llegar a presentar peligro de contacto. Ocho. Dado traslado de los condicionados impuestos por los ayuntamientos de Altzo, Alegia y Andoain a la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ésta contestó aceptando dichos condicionados. Nueve. Con fecha 5 de enero de 2011 se remitieron a la Diputación Foral de Gipuzkoa, a Ura-Agencia Vasca del Agua y a ADIF, en el que se les solicitó conformidad a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable. Diez. Con fecha de 7 de junio de 2011 ADIF manifestó su conformidad al proyecto presentado, imponiendo una serie de condicionados. Once La Diputación Foral de Gipuzkoa y Ura-Agencia Vasca del Agua, reiterada la petición de informe, no contestaron a la misma. Doce. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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