BOPV nº 54 · · Justicia y Administración Pública
ORDEN de 15 de febrero de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de ficheros de datos de carácter personal adscritos al Departamento.
La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal tiene por propósito garantizar y protege el honor y la intimidad de las personas físicas, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales registrados en soporte físico y a toda modalidad de uso posterior de esos datos por los sectores público y privado. El artículo 4 de la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, en concordancia con el artículo 20.1 de la citada Ley Orgánica, dispone que la creación, modificación y supresión de ficheros de la Administración de la Comunidad Autónoma se realizará por orden del titular del departamento al que esté adscrito el fichero, la cual deberá contener todas las menciones exigidas por la legislación en vigor y será objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Mediante el Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se creó el Departamento de Justicia y Administración Pública que engloba las Viceconsejerías de Justicia, del extinto Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por los órganos y unidades de la Secretaría General de Régimen Jurídico y de la Secretaría General de Modernización y Administración Electrónica, ambos de la extinta Vicepresidencia del Gobierno y por los órganos y unidades de la Viceconsejería de Administración y Servicios y de la Viceconsejería de Función Pública, ambos del extinto Departamento de Hacienda y Administración Pública. Sin embargo, la creación del actual Departamento de Justicia y Administración Pública no trajo implícita la asignación al Departamento de los ficheros adscritos a los órganos y unidades que engloban el mismo, por lo que la normativa de dichos ficheros se encuentra dispersa en distintas Órdenes emitidas por los extintos Departamentos originarios. A fin de contribuir a la seguridad jurídica, y a los efectos de terminar con dicha dispersión, esta Orden tiene por objeto aunar en una única disposición todos los ficheros automatizados bajo la dependencia del Departamento de Justicia y Administración Pública. En su virtud, DISPONGO : Artículo 1 Adscribir al Departamento de Justicia y Administración Pública los ficheros que contienen datos de carácter personal de titularidad pública que se relacionan en los anexos a la presente Orden. Artículo 2 Dar de baja los ficheros que se relacionan en el anexo I de la presente Orden. Artículo 3 Crear los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en el anexo II de la presente Orden. Artículo 4 Modificar los ficheros que se relacionan en el anexo III de la presente Orden. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.