BOPV nº 45 · · HABE

RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2012, del Director General de HABE, por la que se realizan las convocatorias ordinarias de 2012 para la acreditación de los niveles de euskera del alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE, conforme a su Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos.

La Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece el sistema de acreditación de los niveles de competencia del euskera definidos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos (HEOC), tomando como base la Orden de 24 de enero de 2000, de la Consejera de Cultura, que regula el HEOC y la Orden de 13 de marzo de 2006, de la Consejera de Cultura, que regula los contenidos y los criterios de evaluación correspondientes al cuarto nivel del HEOC. Por su parte, el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, tiene por objeto la convalidación de títulos y certificados acreditativos del conocimiento del euskera, así como la adecuación de los mismos al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). En ese mismo sentido, el artículo 11 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, establece que para la obtención de los certificados que acrediten los niveles descritos en dicha Orden será requisito imprescindible la superación de una prueba de competencia por cada nivel. A estos efectos, cada prueba de competencia evaluará atendiendo a los objetivos, contenidos (lingüísticos, textuales, estratégicos...) y criterios de evaluación establecidos en dicho Decreto y en las citadas Órdenes, cada una de las destrezas lingüísticas del examinando, en función de los criterios de evaluación establecidos en el HEOC, a través de la Orden de la Consejera de Cultura de 19 de enero de 2011 y en esta Resolución. El artículo 12 de la Orden de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, que define las principales características de las pruebas de competencia para la obtención de dichos certificados, faculta al Director General de HABE para realizar, mediante Resolución, las convocatorias ordinarias de las pruebas de acreditación y establecer las particularidades de cada una de ellas. Se ha analizado con precisión el desarrollo de las dos convocatorias organizadas mediante Resolución por el Director General de HABE correspondientes al año 2011: el número de examinados por nivel, su distribución por territorios, las características de las pruebas aplicadas y la organización, junto con los criterios de evaluación aplicados por tutores y examinadores, así como las calificaciones obtenidas. Asimismo, los contenidos y motivos de las reclamaciones y recursos presentados. Como resultado de dicho análisis realizado en HABE, se han incorporado a esta Resolución para el 2012 propuestas de mejora a iniciativa de diferentes agentes, con el fin de mejorar el proceso de certificación y la calidad de las pruebas de acreditación. Por todo ello, RESUELVO : BASES ORGANIZATIVAS Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución realizar las convocatorias ordinarias de pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera para 2012, dirigidas al alumnado de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje del euskera inscritos en el Registro de HABE. Artículo 2 Normas de funcionamiento. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus