BOPV nº 39 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2012, de la Viceconsejera de Comercio y Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a la comercialización turística y a la promoción para el ejercicio 2012.

La Orden de 5 de julio de 2011 (BOPV n.º 139, de 21 de julio de 2011), del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco destinadas a la comercialización turística y a la promoción. El 29 de agosto de 2011, BOPV n.º 150, se publicó una corrección de errores de esta Orden. De conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la citada orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2012, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 5 de la orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto, de la presente Resolución, la convocatoria, para el ejercicio 2012, de las ayudas previstas en la Orden de 5 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la comercialización turística y a la promoción. Para este fin se destinará 700.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 6/2011, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2012. Artículo 2 Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 5 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a la comercialización turística y a la promoción, deberán ostentar la condición de beneficiarios, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la orden de referencia. Artículo 3 Solicitudes y plazo. La cumplimentación de la solicitud y su presentación, junto con la documentación complementaria requerida, por parte de los participantes en este programa se realizará, siguiendo lo establecido en el artículo 6 de la Orden reguladora del programa de ayudas destinadas a la comercialización turística y a la promoción, bien mediante tramitación telemática, en cuyo caso tanto el acceso al modelo de solicitud como su presentación en la Administración, se efectuará en la web www.euskadi.net/turismo, o bien rellenando y grabando en la web: www.euskadi.net/turismo el modelo de solicitud y formularios, imprimiéndolos posteriormente y presentándolos con la documentación complementaria en la correspondiente Delegación Territorial del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes para las ayudas que se convocan se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 26 de marzo de 2012. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus