BOPV nº 33 · · Vivienda, Obras Públicas y Transportes

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2012, del Viceconsejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se somete a información pública el documento de Estudio Informativo del metro de Donostialdea. Tramo prolongación del ramal Lasarte-Oria.

Los planes de modificación, en el territorio de Gipuzkoa, del Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco aprobado por Decreto 41/2001, de 27 de febrero, contemplan la trasformación de las líneas del ferrocarril existente San SebastiánHendaia (Topo) y BilbaoSan Sebastián en el área de Donostialdea y otros municipios próximos, debido al incremento de movilidad que se ha producido ha sido muy superior al inicialmente previsto, lo que parece aconsejar la adopción de soluciones más ambiciosas que las inicialmente propuestas. Así, este diseño modifica la concepción del transporte ferroviario estableciendo un servicio tipo metro entre Zarautz y Hendaia, ampliando, entre otras actuaciones, su actual trazado en el área urbana de San Sebastián entre la actual estación de Lugaritz y la futura de Morlans (entre las actuales de Amara y Anoeta) y en este caso, la de ampliar la cobertura poblacional de Lasarte-Oria, prolongando el actual ramal hasta la zona de Oria del casco urbano, al sur del mismo, donde se diseña una nueva estación. En desarrollo de esas previsiones, se ha redactado el documento «Estudio Informativo del Metro de Donostialdea. Tramo prolongación del ramal a Lasarte-Oria». Esta actuación, de 2.200 metros de longitud, consiste en el desdoblamiento y modificación de la rasante del tramo inicial, la prolongación de ramal existente mediante un túnel de doble vía de 1.160 metros, y la construcción de dos estaciones en «cut & cover». Esta solución, que implica definir una nueva estación en Lasarte semisoterrada que permita la prolongación del ramal, conlleva deprimir la rasante actual durante 400 metros de longitud, tras el viaducto existente que se encuentra al inicio de la penetración actual a Lasarte desde la línea Bilbao-Donostia. El documento ha sido aprobado técnica y provisionalmente, por la Dirección de Infraestructa del Transporte, previa supervisión e informe favorable de los servicios técnicos de la Dirección de Infraestructura del Transporte, acreditándose que es correcto técnicamente y que cumple la normativa específica en materia de ferrocarriles, y resto de legislación aplicable. Este órgano es competente para la redacción y aprobación de los proyectos de la red de ferrocarriles que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 15.1.e) del Decreto 607/2009, de 24 de noviembre, modificado por el Decreto 328/2010, de 30 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes. El artículo 10.5 del Reglamento del Sector Ferroviario establece que, previamente a su aprobación definitiva, el estudio informativo deberá quedar sometido a información pública durante un periodo de 30 días hábiles, al objeto de que puedan formularse alegaciones sobre la concepción global de su trazado, en la medida que afecte al interés general. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus