BOPV nº 28 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

ORDEN de 1 de febrero de 2012, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales.

El Plan de Competitividad Empresarial 2010-2013 plantea, entre otras actuaciones, fortalecer la modernización y la capacidad innovadora. Para el desarrollo de este objetivo es importante que el tejido industrial vasco pueda disponer de un sistema que le provea de información estratégica a fin de poder abordar con suficiente anticipación los retos y oportunidades de mercado. El desarrollo de esta misión implica generar un sistema de apoyo a la identificación de las necesidades de conocimiento, facilitar el acceso a la información estratégica, así como poner a disposición del conjunto de la industria mecanismos de vigilancia y prospectiva. El objetivo final, una vez detectado el reto u oportunidad, sería emprender actuaciones que, a través del aprovechamiento de sinergias, permitan afrontar estos retos estratégicos a través de la cooperación. Los cluster y preclusters son actores clave en este proceso, facilitando la mejora de la capacidad competitiva del tejido empresarial vasco a través del desarrollo y puesta en marcha de proyectos de cooperación. Tras la experiencia acumulada desde la implantación del programa de Observatorios Estratégicos, se hace necesario mejorar el alcance de su actuación y hacer extensiva esta iniciativa tanto a los clusters prioritarios como a los preclusters de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Siendo el objetivo final la mejora de la competitividad de los clusters y precluster, los Observatorios Estratégicos Sectoriales quieren poner a disposición de estas agrupaciones, mecanismos de vigilancia estratégica e inteligencia competitiva que aporten información de valor para la toma de decisiones en la búsqueda y explotación de las oportunidades de negocio. En su virtud, DISPONGO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente orden tiene por objeto regular las ayudas a los Observatorios Estratégicos Sectoriales tanto para su puesta en marcha como para el apoyo a las actividades desarrolladas por los mismos. Los Observatorios Estratégicos Sectoriales son instrumentos desarrollados por los clusters y preclusters para la realización de las tareas de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva, así como para la identificación de necesidades y oportunidades estratégicas para los cluster y precluster. A los efectos de esta Orden se entiende como vigilancia tecnológica el proceso organizado, selectivo y permanente de captar y seleccionar información externa sobre ciencia y tecnología, seleccionarla, analizarla, difundirla y comunicarla, para convertirla en conocimiento para la toma de decisiones con menor riesgo y poder anticiparse así a los cambios. Asimismo, se entiende por inteligencia competitiva el proceso sistemático de recolección y análisis de información acerca de los competidores, del entorno del negocio y de la propia organización, para advertir tendencias y señales sobre la evolución del mercado, con la intención de detectar nuevas oportunidades y amenazas. Artículo 2 Recursos económicos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus