BOPV nº 11 · · Industria, Innovación, Comercio y Turismo

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2011, de la Directora de Administración y Seguridad Industrial, por la que se modifica y amplia la designación a ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.U. como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, hasta 300 kg de alcance máximo, de manómetros analógicos de uso público para neumáticos hasta 17 bar y de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o disp

Ref.: 01-OV-1007. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Con fecha 26 de septiembre de 2011, D. José Luis Sarnago Uriaguereka, en nombre y representación de la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.U., con domicilio a nivel de sede metrológica, Muelle Tomás de Olabarri, 5, 2,º, Las Arenas, Getxo, ha presentado en la Dirección de Administración y Seguridad Industrial solicitud de autorización definitiva para realizar los ensayos de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica previstos: En la Orden de 27 de abril de 1999, por la que se regula el control metrológico de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático. En la Orden ITC/3720/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidor o dispensador. En la Orden Ministerial de 25 de abril de 1995, por la que se regula el control metrológico de los manómetros de uso público para neumáticos. Segundo Por Resolución de 30 de noviembre de 2010, la Directora de Administración y Seguridad Industrial, designó a ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.U. como organismo autorizado de verificación metrológica de sistemas de medida de líquidos distintos del agua, denominados surtidores o dispensadores, hasta 100 l/min de alcance máximo. Por Resolución de 3 de marzo de 2010, la Directora de Administración y Seguridad Industrial, designó a ECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S.A.U. como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, hasta 60 kg de alcance máximo. Tercero Para la designación como organismo autorizado de verificación metrológica, la entidad solicitante cumple con los requisitos establecidos por la Resolución de 29 de noviembre de 2007, de la Secretaria General de Industria, por la que se publica la Directriz 1/2007, de 26 de noviembre, para la designación de organismos autorizados de verificación metrológica. A tal efecto, se ha presentado informe de auditoria OC-I/192 Rev. 3 de 10-12-2010 emitido por ENAC, con su anexo técnico correspondiente. Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 11 del Decreto 38/2001, por el que se establecen los medios para la ejecución del control metrológico en la CAPV, especifica que el órgano competente en materia de industria podrá habilitar a entidades de verificación metrológica para el desempeño de las funciones de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. La Dirección de Administración y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución en virtud de los establecido en el artículo 14 del Decreto 514/2009, de 22 de septiembre (BOPV de 24-09-2009), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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