BOPV nº 7 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 19 de diciembre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se aprueba la adscripción de la Escuela de Ingeniería en Alternancia de la Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta de Elgoibar a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
La Escuela de Ingeniería en Alternancia de la Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta de Elgoibar es un centro de formación e innovación tecnológica al servicio de la industria y de la comunidad. Fue fundada en 1989. En 1994 el Instituto de Máquina Herramienta (IMH) abordó una importante reflexión estratégica que desembocó en la necesidad de dar cuerpo al objetivo de «ofrecer estudios superiores de ingeniería adaptados a las necesidades de las empresas», y de forma especial al sector de la máquina herramienta. Con tal objetivo se trabajó en un estudio de necesidades y un plan de viabilidad con un análisis prospectivo. Con todo ello se formuló y materializó una propuesta diferente que pudiera complementar la oferta existente en el mercado tradicional y responder a la necesidad manifestada por los agentes y empresas participantes en la reflexión, con la voluntad de la innovación permanente, en el marco del contexto europeo de las enseñanzas superiores, con un modelo formativo diferente e innovador. La solicitud de adscripción de la Escuela de Ingeniería en Alternancia de la Fundación para la Formación Técnica en Máquina-Herramienta de Elgoibar a la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea se hace con el objetivo de impartir estudios conducentes a la obtención del título de carácter oficial y validez en todo el territorio del Estado. Con la adscripción queda garantizado el cumplimiento de los objetivos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea puesto que se amplía la oferta de estudios desde un punto de vista formativo innovador al usar la metodología de la alternancia y hacer participe al estudiante del proceso productivo en su formación, permitiéndole desarrollar las competencias adquiridas en tiempo real y conocer dos contextos culturales diferentes, el del saber universitario y el de los aprendizajes experimentales construidos en la empresa, asegurando así la preparación profesional para la inserción en el mundo laboral. La Comunidad Autónoma del País Vasco, en virtud del artículo 16 del Estatuto de Autonomía, tiene atribuida la competencia de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, en conexión con la disposición adicional primera de la Constitución, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.