BOPV nº 247 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 13 de diciembre de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca el programa de movilidad del personal investigador.

El Departamento de Educación, Universidades e Investigación, considera que el programa de movilidad del personal investigador es un mecanismo idóneo para potenciar los contactos de la comunidad científica y tecnológica con investigadores e investigadoras de reconocido prestigio, así como actualizar y perfeccionar los conocimientos del profesorado universitario. En virtud de lo establecido en el Decreto 4/2009 de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV de 9 de mayo de 2009). Teniendo en cuenta el Decreto 698/1991, de 17 de diciembre (BOPV de 7 de febrero de 1992), por el que se regula el régimen general de garantías y reintegro de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades Colaboradoras que participan en su gestión y el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. Y en base a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Orden es la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización de estancias en centros de investigación, con el fin de impulsar la movilidad geográfica del personal investigador asociado a las actividades de I+D+i, y mejorar sus capacidades y la competitividad de los grupos de investigación. Este programa tiene dos modalidades: B.1. Estancias largas: en esta modalidad el personal investigador deberá desarrollar durante su estancia un proyecto de investigación que se encuentre integrado en la línea de trabajo del equipo receptor. B.2. Estancias cortas: en esta modalidad se incluyen acciones como aprendizaje de técnicas concretas, asistencia a cursos de alta calidad, estancias para la realización de trabajos específicos y otro tipo de actuaciones tendentes al establecimiento de intercambios científicos de alto nivel. Artículo 2 Proyectos a realizar. Los proyectos a realizar durante la estancia de movilidad deberán ajustarse al objeto señalado para cada modalidad de la presente convocatoria. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus