BOPV nº 247 · · Empleo y Asuntos Sociales
DECRETO 276/2011, de 27 de diciembre, de modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales.
En virtud del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, modificado a su vez mediante el Decreto 20/2009, de 30 de julio, y el Decreto 6/2011, de 18 de enero, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma para llevar a cabo con la máxima eficacia el conjunto de compromisos programáticos que constituyen el Programa de Gobierno para la presente legislatura. En base a ello se aprobó el Decreto 538/2009 de 6 de octubre, para la regulación de la estructura y el funcionamiento del Departamento, en el que se siguieron en la configuración de la estructura departamental los criterios organizativos de austeridad y reducción del número de Viceconsejerías y Direcciones, aplanamiento de estructuras, agrupación de áreas funcionales, construcción de áreas funcionales con amplios contenidos, identificación de áreas funcionales staff no estructurales y el máximo aprovechamiento de tecnologías de la información, criterios todos ellos establecidos en el apartado 2 de la disposición final primera del Decreto 4/2009, de 8 de mayo. En la actualidad, la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, se encuentra regulada por el Decreto 42/2011, de 22 de marzo, publicado en el BOPV número 59, de 25 de marzo de 2011. La Ley 2/2009, de 23 de diciembre, en su disposición adicional segunda, dispuso la creación de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que se configuró como un ente público de derecho privado. Tras la entrada en vigor de la Ley 3/2011, de 13 de octubre, sobre Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, se hace necesario la modificación del Decreto 42/2011, de 22 de marzo, toda vez que la citada Ley transforma a Lanbide como organismo autónomo de carácter administrativo, hecho éste que incide en la organización general del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, en lo relativo a la naturaleza jurídica de una de las entidades del sector público adscritas al mismo, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. La asunción por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi de la transferencia de funciones y servicios en materia de Función Pública Inspectora, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social está recogida en el Decreto 138/2011, de 28 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 22 de junio de 2011, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Función Pública Inspectora, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en los términos establecidos por el Real Decreto 895/2011, de 24 de junio. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.