BOPV nº 246 · · Cultura

ORDEN de 21 de diciembre de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera en el año 2012 (Convocatoria Hedabideak).

El artículo 15 del Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, asignó al Departamento de Cultura, entre otras, las relativas a la política lingüística y la promoción del euskera. Por otro lado, el artículo 14.2.e) del Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura (BOPV n.º 59, de 25 de marzo) asigna el siguiente cometido a la Viceconsejería de Política Lingüística: velar por el adecuado desarrollo y aplicación de la Ley 10/1982, Básica de Normalización del Uso del Euskera y demás disposiciones complementarias, sin perjuicio de las funciones que en tal sentido tengan específicamente asignados otros órganos administrativos. Asimismo, la Viceconsejería de Política Lingüística asume las líneas de prioridad para la política lingüística de principios del siglo XXI formuladas por el Consejo Asesor del Euskera, recogidas en la publicación «Euskara 21. Hacia un Pacto Renovado». En cumplimiento del cometido que tiene asignado, el Departamento de Cultura ha convocado y resuelto anualmente diversas órdenes de subvención sectoriales. Así, mediante la presente Orden, ha acordado regular y convocar la concesión de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera correspondiente a 2012. En su virtud, resuelvo: Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación y convocatoria de subvenciones destinadas a la consolidación, desarrollo y normalización de los medios de comunicación en euskera (Convocatoria Hedabideak). Artículo 2 Ámbito temporal. Esta convocatoria tendrá en cuenta la actividad realizada por los medios de comunicación objeto de subvención durante el año 2012, es decir, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Artículo 3 Beneficiarias. Esta convocatoria de subvenciones está dirigida a todas aquellas personas físicas o jurídicas privadas, con nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que realicen alguna actividad económica y desarrollen los proyectos que se mencionan en el artículo 4 de la presente Orden. No obstante, quedan excluidas: a) Las solicitudes formuladas por entidades privadas de capital mayoritariamente público y aquellas cuyo patrimonio fundacional o cuya participación en los órganos de gobierno o dirección sea mayoritariamente pública. b) Las beneficiarias de la convocatoria correspondiente a 2012 de ayudas a la normalización lingüística desarrollada al amparo del convenio marco suscrito entre la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco y Euskararen Erakunde Publikoa / Office Public de la Langue Basque. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus