BOPV nº 246 · · Instituto Vasco de la Mujer
RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2011, de la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula la convocatoria de subvenciones a proyectos de publicación de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2012.
El fin esencial de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer es la consecución de la igualdad real y efectiva de hombres y mujeres en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social del País Vasco. En este sentido, Emakunde es el organismo encargado del impulso, asesoramiento, planificación y evaluación de las políticas de igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, según determina la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. El desarrollo de las políticas de igualdad requiere investigar sobre los roles y las relaciones de género en las que se sustentan las desigualdades actualmente existentes entre las mujeres y los hombres en todos los ámbitos, y el modo en que afectan o pueden afectar al desarrollo e impacto de las iniciativas que se ponen en marcha. La difusión de estos estudios, es fundamental para el debate público y para la toma de decisiones políticas, más aún cuando se trata de implantar la integración del enfoque de género en todas las políticas. Así pues y para promover y apoyar la publicación y difusión de las investigaciones realizadas por profesionales y actores sociales surge esta Resolución por la que se regula la concesión de subvenciones a este fin. Tomando en consideración todos los objetivos descritos se procede a regular la siguiente convocatoria de subvenciones bajo los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad. Para la presente convocatoria, y continuando el camino iniciado en años precedentes, se sigue manteniendo como línea subvencional la publicación de los trabajos de investigación que favorezcan la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, manteniéndose el contenido de la convocatoria anterior. Únicamente señalar que se altera el sistema de pago que se realizará en pago único una vez finalizada la publicación y una vez justificados todos los gastos generados por la misma de conformidad con lo establecido en el artículo 49.11 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País. A nivel procedimental la novedad para este ejercicio consiste en posibilitar la tramitación telemática para la personas interesadas quienes podrán solicitar, consultar y realizar los trámites del procedimiento utilizando medios electrónicos de conformidad con la normativa aplicable en la materia, introduciendo por ello en el texto de la resolución las adaptaciones que esta tramitación requiere. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.