BOPV nº 242 · · Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2011, del Director de Servicios del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca por la que se convoca concurso publico para la selección de oficinas contables para la Red de Información Contable Agraria Vasca (RICAV) para el ejercicio de 2012.
El Reglamento 79/65/CEE del Consejo, de 15 de junio de 1965 (DOCE n.º 109, de 23-06-1965), creó la Red de Información Contable Agraria (RICA), con la finalidad de disponer de información sobre la renta y la economía de las explotaciones agrícolas en la Comunidad Económica Europea. Este reglamento junto con sus sucesivas y profundas modificaciones se ha codificado en el vigente Reglamento (CE) n.º 1217/2009, del Consejo, de 30 de noviembre de 2009. El objetivo de dicha red, tal como se señala en su artículo 1.2, es recopilar los datos agrícolas contables necesarios para, en particular, determinar anualmente la renta de las explotaciones agrarias y el análisis del funcionamiento económico de las mismas. Con los datos así obtenidos, la Comisión elaborará informes sobre la situación de la agricultura y los mercados agrícolas, informes que se presentarán anualmente al Consejo y al Parlamento Europeo para la fijación anual de los precios de los productos agrícolas. Cada Estado miembro asume la responsabilidad tanto de seleccionar las explotaciones agrícolas que considera adecuadas como campo de observación, como la de fijar la lista de las oficinas contables dispuestas a cumplimentar las fichas de explotación (artículo 7.1.c). El agricultor que haya decidido participar voluntariamente en esta red de información y cuya explotación haya sido seleccionada como explotación contable, elegirá entre la lista establecida para tal fin aquella oficina que esté dispuesta a rellenar su ficha de explotación (artículo 9). Anualmente, el Estado miembro responsable celebrará un contrato con las oficinas contables elegidas por el agricultor recibiendo por ello una retribución a un tanto alzado (artículo 10). En la Comunidad Autónoma de País Vasco esta legislación ha sido adaptada y desarrollada a través de la Orden de 25 de septiembre de 1985, del Departamento de Agricultura y Pesca (BOPV n.º 201, de 03-10-1985), por la que se crea la Red de Información Contable Agraria Vasca (RICAV), como sistema destinado a proporcionar la información precisa sobre las rentas y el funcionamiento económico de los diversos tipos de explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Conforme al artículo 8 de la precitada Orden, las explotaciones contables de la CAE utilizarán los servicios de una oficina contable para las tareas de la RICAV. Estas oficinas deben ser seleccionadas anualmente por la Dirección de Servicios Generales mediante concurso público, contratando con ellas la realización de las fichas de las explotaciones mediante una retribución a tanto alzado. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.